Decreto número 258 de 1998, por el cual se adoptan medidas sobre Franquicia Postal - 3 de Febrero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59763191

Decreto número 258 de 1998, por el cual se adoptan medidas sobre Franquicia Postal

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín43235

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 31 de la Ley 130 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1º

Para los efectos previstos en el artículo 31 de la Ley 130 de 1994, cada partido o movimiento político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral, durante los seis (6) meses que preceden a las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, a realizarse el 31 de mayo de 1998, tendrá derecho a franquicia postal para enviar hasta un total de cuatrocientos mil (400.000) impresos, bien sea que los envíos se originen en la capital de la República, en cada capital de departamento, o en cada municipio y con destino a cualquier municipio ubicado en el territorio nacional.

Artículo 2º La franquicia tendrá vigencia desde el 30 de noviembre de 1997 hasta el 30 de mayo de 1998, inclusive.

Si se celebrare nueva votación conforme lo establece el artículo 190 de la Constitución Política, la...

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