Decreto número 0203 de 2015, por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014 - 4 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 555830254

Decreto número 0203 de 2015, por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49415

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en particular las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4819 de 2010, se creó el Fondo Adaptación como una entidad descentralizada del orden nacional con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con régimen contractual de derecho privado, para atender la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña".

Que el Documento Conpes 3776 de 2013 declaró de importancia estratégica el proyecto de inversión "Construcción y Reconstrucción de las Zonas Afectadas por la Ola Invernal - Decreto 4580 de 2010 Nacional", y en consecuencia se autorizaron vigencias futuras para la ejecución de los recursos destinados a la reconstrucción de la infraestructura y recuperación de las condiciones de vida de la población afectada por el fenómeno de "La Niña" 2010-2011, hasta el año 2018.

Que según lo previsto en el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014, por la cual se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del año 2015 y con el fin de facilitar la ejecución de los recursos destinados a superar los efectos de calamidades públicas, el legislador señaló que las apropiaciones presupues-tales para desarrollar el objeto del Fondo Adaptación se contratarán bajo el régimen de derecho privado con la plena observancia de los principios de la función administrativa y la gestión fiscal, los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, incorporando así a la legislación vigente lo señalado en el artículo 7º del

Decreto 4819 de 2010.

Que en desarrollo de lo previsto en el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014, se hace necesario reglamentar el régimen especial de contratación del Fondo Adaptación para la ejecución de los recursos destinados a la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el Fenómeno de La Niña y los demás necesarios para la ejecución de estas actividades.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Régimen contractual.

Los contratos que celebre el Fondo Adaptación para...

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