Decreto número 031 de 2017, por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al señor Juan Carlos Abadía Campo, en su condición de gobernador del departamento del Valle del Cauca - 12 de Enero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 658370785

Decreto número 031 de 2017, por el cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria impuesta al señor Juan Carlos Abadía Campo, en su condición de gobernador del departamento del Valle del Cauca

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50114

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia del 31 de marzo de 2014, proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el número IUC-D-651-2011-90-442595 (IUS-2011-342723), adelantado en contra del señor Juan Carlos Abadía Campo, identificado con la cédula de ciudadanía número 6320849, en su condición de gobernador del departamento del Valle del Cauca, para el año 2009, impuso sanción disciplinaria consistente en la suspensión en el ejercicio del cargo por un término de cinco (5) meses.

Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 8 de septiembre de 2016, aprobada en Acta de Sala número 25, dentro del expediente número 161-5968 (IUC-D-2011- 90-342723), confirmó el fallo radicado bajo el número IUC-D-651 -2011-90-442595 (IUS-2011-342723), del 31 de marzo de 2014, emitido por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Juan Carlos Abadía Campo, con suspensión en el ejercicio del cargo por un término de cinco (5) meses, convertidos en el equivalente de cinco (5) salarios mensuales, devengados por él durante la comisión de la falta, que corresponden a la suma de veintiséis millones cincuenta mil sesenta pesos ($26.050.060.00) m/l.

Que según constancia secretarial del 13 de diciembre de 2016, suscrita por el Secretario (E) de la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, la decisión quedó en firme el día 8 de septiembre de 2016, bajo el entendido de que los efectos jurídicos se surten a partir del 11 de noviembre de 2016.

Que mediante oficio de salida número 207940 del 15 de diciembre de 2016, dirigido al Presidente de la República, el Secretario (E) de la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, remitió copia de las providencias de primera y segunda instancia proferidas por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación...

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