Decreto número 0510 de 2015, por el cual se adopta el Plan Estratégico para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina - 25 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 562740414

Decreto número 0510 de 2015, por el cual se adopta el Plan Estratégico para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín49464

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 98 de la Ley 1737 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el día 19 de noviembre de 2012, la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, profirió un fallo en el que estableció la delimitación marítima entre Colombia y Nicaragua sobre el Departamento Archipiélago de SanAndrés, Providencia y Santa Catalina, el cual causó una situación de hecho que ha generado unos efectos negativos de carácter económico y social para el desarrollo de la vida y de las actividades en el archipiélago;

Que en la Ley 1737 de 2014 se incluyó el artículo 98 con el fin de establecer normas especiales para el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, dado que a raíz de los efectos del fallo de La Haya se ha generado un efecto negativo en las condiciones económicas y sociales en la isla, que pueden llegar a ser permanentes, y que exigen del Estado una acción de intervención para contrarrestarlo. Se trata fundamentalmente de medidas de promoción de nuevas formas de actividad económica para la sustitución de los antiguos medios de subsistencia de los residentes, y de mecanismos especiales de gasto para la realización de programas y proyectos de inversión que permitan actuar oportunamente frente a la situación que vive hoy el Archipiélago;

Que el artículo 98 de la citada ley, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2015" creó en el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres la Subcuenta denominada Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, con el fin de apoyar el financiamiento de programas y proyectos de inversión para la atención de las necesidades que surjan por la ocurrencia de un hecho o circunstancia que genere un efecto económico y social negativo de carácter prolongado, así como para la inversión de recursos destinados al cumplimiento de programas estratégicos que para el efecto defina el Gobierno nacional para dicho Archipiélago;

Que sin perjuicio de las acciones jurídicas que el Estado colombiano adelante contra la decisión proferida por la Corte Internacional de Justicia, el Gobierno nacional ha definido y seguirá definiendo programas estratégicos para desarrollar, implementar y promover el desarrollo económico social en el archipiélago, con el fin de contrarrestar los efectos del fallo presentados en esa parte del territorio nacional;

Que con el fin de superar las consecuencias económicas y sociales negativas que el mencionado fallo ha tenido en la población más vulnerable del archipiélago se prevé la necesidad de mejorar las condiciones de transporte, comercio, industria y turismo; desarrollar la agricultura, pesca y acuicultura; apoyar el desarrollo social de las poblaciones ubicadas en este departamento fronterizo, en especial para el fortalecimiento de los sectores de educación, cultura, deportes y el desarrollo sicosocial de los niños, niñas y adolescentes del departamento; mejorar las condiciones en materia de habitabilidad, agua potable y saneamiento básico; desarrollar la capacidad de generación de empleo e ingresos; implementar líneas especiales de crédito para los habitantes; otorgar apoyos destinados a incentivar la demanda con el fin de fomentar el desarrollo económico y turístico y de mejorar las condiciones de seguridad en el departamento;

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto número 282 de 2015, reglamentó la financiación de programas estratégicos y proyectos de inversión para diferentes sectores con cargo a la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina del Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que en consecuencia, es necesario adoptar el plan estratégico que define los programas estratégicos por desarrollarse en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, con el propósito de contrarrestar los efectos del mencionado fallo;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Adopción del Plan Estratégico.

Adóptese el Plan Estratégico para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por el cual se definen los programas estratégicos por realizarse en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en los sectores de transporte, infraestructura, turismo, agricultura, pesca y acuicultura, defensa, cultura, deporte, educación, vivienda y trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley 1737 de 2014; plan que se encuentra consignado en el anexo que forma parte integral del presente decreto y que se publica con el mismo, siempre que estos programas no excedan los límites presupuestales vigentes.

Artículo 2º Vigencia.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 25 de marzo de 2015.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior,

Juan Fernando Cristo Bustos.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Angela Holguín Cuéllar.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Carlos Pinzón Bueno.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Aurelio Iragorri Valencia.

El Ministro de Trabajo,

Luis Eduardo Garzón.

El Ministro de Minas y Energía,

Tomás González Estrada.

El Viceministro de Desarrollo Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Comercio, Industria y Turismo,

Felipe Sardi Cruz.

La Ministra de Educación Nacional,

Gina Parody D'Echeona.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

Gabriel Vallejo López.

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

Luis Felipe Henao Cardona.

La Ministra de Transporte,

Natalia Abello Vives.

La Ministra de Cultura,

Mariana Garcés Córdoba. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Néstor Humberto Martínez Neira. El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

Mauricio Perfetti del Corral. La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,

Tatiana Orozco de la Cruz.

El Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes),

Andrés Botero Phillipsbourne. PLAN ESTRATÉGICO PARA EL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

TABLA DE CONTENIDO

PLAN ESTRATÉGICO PARA EL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES

Transporte, Infraestructura y turismo Pesca y Acuicultura Soberanía y Seguridad Cultura, Deporte y Educación Habitabilidad Empleo Desarrollo Empresarial

PROGRAMAS Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS

Transporte, Infraestructura y Turismo Pesca y Acuicultura Soberanía y Seguridad Cultura, Educación y Empleo Habitabilidad Desarrollo Empresarial INTRODUCCIÓN

Desde el primer mandato del Presidente Juan Manuel Santos, las entidades del nivel nacional comenzaron a formular e implementar nuevos programas y proyectos con el ánimo de promover el desarrollo sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, los cuales se han consagrado dentro de los Planes Nacionales de Desarrollo "Prosperidad para Todos" 2010-2014 y en el Plan de Desarrollo "Todos por un Nuevo País" 2014-2018 que está en elaboración.

A partir del fallo proferido por la Corte Internacional de Justicia de La Haya el 19 de noviembre de 2012, el Gobierno de Colombia, en coordinación con los gobiernos locales de San Andrés y Providencia, y de sus habitantes, inició la formulación e implementación de acciones adicionales y complementarias que conformarían el Plan para San Andrés, Providencia y Santa Catalina, los cuales ya han empezado a reflejar sus resultados positivos en el Archipiélago.

Entre 2003 y 2010 el departamento recibió inversiones aproximadas por $560.000 millones de pesos. Entre 2011 y 2014 todas estas inversiones ascendieron aproximadamente a $1.270.000 millones1. El apoyo brindado por el Gobierno nacional al Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ha sido, y seguirá siendo, financiado con recursos provenientes principalmente tanto del presupuesto de los Ministerios como de la Subcuenta San Andrés, Providencia y Santa Catalina del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de De-

1 Fuente: DNP-DIFP-SUIP-SIIF II-SPI. sastres, y de la operación de crédito negociada con el Banco Interamericano de Desarrollo, a través de la cual se destinarán U$70 millones de dólares para los componentes de Desarrollo Urbano Integral, Provisión y acceso a agua y saneamiento, Mejora de la infraestructura costera, Desarrollo económico local y Modernización de la gestión institucional y fiscal.

El objeto principal del Plan para San Andrés, Providencia y Santa Catalina se ha fundamentado en el fortalecimiento de la capacidad del archipiélago para alcanzar un desarrollo sostenible y armónico a mediano y largo plazo mediante el desarrollo socioeconómico de todas las potencialidades del territorio insular, en un ejercicio participativo con los gobiernos locales y la comunidad.

El mencionado Plan ha sido, y deberá seguir siendo, una política integral, en lo que se refiere a recursos marinos y costeros (pesca y cultivos de especies marinas), servicios básicos, salud, cultura, educación y preservación y utilización sostenible de los recursos naturales, la biodiversidad, el medio físico y el paisaje, destacando la condición de Reserva de Biosfera según designación de Unesco. Por lo tanto, se debe continuar abordando de manera diferencial el desarrollo de San Andrés, de Providencia y de Santa Catalina, ya que los asuntos poblacionales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR