Decreto número 1021 de 2020, por el cual se suprime la planta de personal de carácter temporal y se modifica la planta de personal de carácter permanente de la Superintendencia de Industria y Comercio, y se dictan otras disposiciones - 16 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846642850

Decreto número 1021 de 2020, por el cual se suprime la planta de personal de carácter temporal y se modifica la planta de personal de carácter permanente de la Superintendencia de Industria y Comercio, y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51377

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 1241 de 2017 se crearon unos empleos temporales en la Superintendencia de Industria y Comercio para atender las funciones jurisdiccionales atribuidas a la entidad en el artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 "Por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones", y ratificadas por el artículo 24 del Código General del Proceso, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018;

Que mediante el Decreto 2464 de 2018 se prorrogó la vigencia de los empleos temporales, del 1º de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que la Superintendencia de Industria y Comercio requiere fortalecer el talento humano que le permita cumplir con las funciones jurisdiccionales permanentes en materia de protección al consumidor;

Que se requiere suprimir los empleos temporales y crear los empleos en la planta permanente de la Superintendencia de Industria y Comercio;

Que en comunicación con Radicado 20194340533381 del 12 de septiembre de 2019, la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable para el traslado de recursos del presupuesto de inversión a funcionamiento, con el objeto de ampliar la planta de personal permanente de la Superintendencia de Industria y Comercio que le permitan contar con el personal para cumplir las funciones de carácter permanente;

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el marco de las competencias señaladas en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y en el artículo 2.2.12.1. del Decreto 1083 de 2015 Reglamentario Único del Sector de la Función Pública; emitió concepto técnico favorable al estudio técnico presentado por la Superintendencia de Industria y Comercio;

Que la modificación de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 del 9 de noviembre de 2018, que dispone: "...las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del...

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