Decreto número 1031 de 2018, por el cual cesan los efectos de un decreto en cumplimiento de una providencia judicial - 20 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729751313

Decreto número 1031 de 2018, por el cual cesan los efectos de un decreto en cumplimiento de una providencia judicial

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50630

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 314 de la Constitución Política, 32 de la Ley 1617 de 2013, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Fabio David Velázquez Rivadeneira, identificado con cédula de ciudadanía 84.079.281, fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira, para el período 2016-2019, inscrito por el Partido Cambio Radical, según consta en el formulario E-6 AL.

Que mediante comunicación radicada en la Presidencia de la República bajo EXT18-00045767 de 17 de mayo de 2018, la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación remitió los fallos de primera y segunda instancia del 15 de diciembre de 2017 y 24 de abril de 2018, respectivamente, proferidos en el proceso radicado IUS-2016 163152 -IUC-D-2016-62- 854823, y 161-7174, mediante los cuales se impuso "... a Fabio David Velásquez Rivadeneira, en su calidad de Alcalde Riohacha, la sanción de destitución e inhabilidad general por el término de doce (12) años,...", decisión que fue confirmada; y además se ordenó comunicar la decisión al Presidente de la República, funcionario competente para la ejecución de la sanción impuesta, conforme lo dispone el artículo 172 del Código Disciplinario Único.

Que en tal medida el Gobierno nacional, mediante Decreto 945 de 31 de mayo de 2018, destituyó al señor Fabio David Velásquez Rivadeneira en su condición de alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha, departamento de La Guajira, y encargó al señor Miguel Enrique Pugliese Chassaigne, con el fin de evitar vacíos de poder o de autoridad, mientras se designaba alcalde por el procedimiento de terna en los términos de la Ley Estatutaria 1475 de 2011.

Que mediante oficio radicado en el Ministerio del Interior el 8 de junio del presente año bajo el número EXTMI18-23414, la Procuradora Segunda Delegada para la Contratación Estatal remitió la solicitud planteada por el apoderado del señor Fabio David Velásquez Rivadeneira, a través de la cual solicitó "realizar de forma inmediata los trámites pertinentes para suspender los efectos jurídicos de la providencia...

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