Decreto número 1036 de 2020, por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior - 16 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846642832

Decreto número 1036 de 2020, por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51377

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios;

Que de conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen;

Que, como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Abuya, República Federal de Nigeria, la Embajada de Colombia ante la República de Ghana concurrente para la República de Nigeria ha propuesto, por medio del Memorando EGHAC número 0063/19 del 24 de enero de 2019, a la señora Maricel Romero Cantillo, identificada con cédula de ciudadanía número 1140814056 expedida en Barranquilla, República de Colombia;

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones

Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios;

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Ghana concurrente para la República Federal de Nigeria, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Abuya, República...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR