Decreto número 1052 de 2019, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.1.2.2 del Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con la modalidad de Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural - 12 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 794132229

Decreto número 1052 de 2019, por medio del cual se modifica el artículo 2.2.1.2.2 del Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con la modalidad de Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50982

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos y del Decreto Ley 890 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Constitución Política consagra que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, entre otros.

Que el Decreto Ley 890 de 2017, "por el cual se dictan disposiciones para la formulación del Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda Social Rural", en el artículo 2º dispone que "el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, formulará la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y definirá, de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, las condiciones para el otorgamiento y ejecución del subsidio".

Que en virtud de lo establecido en el artículo 4º del citado Decreto Ley 890 de 2017, el Gobierno nacional reglamentará los requisitos y procedimientos de acceso, focalización y ejecución del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural.

Que el Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural establece en su artículo 2.2.1.2.1 como modalidades del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural, el Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico, la Construcción de Vivienda Nueva y la Adquisición de vivienda nueva con cargo a los recursos parafiscales administrados por las Cajas de Compensación Familiar.

Que la modalidad de Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico se encuentra establecida en el artículo 2.2.1.2.2 del Decreto número 1071 de 2015 y se define como la modalidad constructiva que permite subsanar o superar las carencias o deficiencias locativas de la vivienda donde reside el hogar postulado al subsidio, estableciendo dicho artículo un listado de carencias o deficiencias numeradas en orden de prioridad para la inversión de los recursos.

Que el listado de carencias o deficiencias numeradas en orden de prioridad en el mencionado artículo limita la posibilidad de inversión de los recursos y torna inoperante dicha modalidad, en tanto contempla una única acción de mejoramiento saludable; así

como la precondición del cumplimiento de la Norma de Sismorresistencia - NSR 2010, sin contemplar acciones para la adaptación a la misma, así como la imposibilidad de desarrollos arquitectónicos complementarios, y la inexistencia de mejoramiento del entorno del habitat rural; circunstancias que se pretenden solventar con la modificación del precitado artículo.

Que con las nuevas acciones se garantizan los aspectos de...

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