Decreto número 1080 de 2020, por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1407 de 2017, modificado parcialmente por el Decreto 205 de 2020 - 31 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847011679

Decreto número 1080 de 2020, por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto 1407 de 2017, modificado parcialmente por el Decreto 205 de 2020

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín51392

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del Decreto-ley 903 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en su punto 5.1.3.7. y del Decreto-ley 903 de 2017, el 15 de agosto de 2017 las FARC-EP entregaron de forma-libre y voluntaria el inventario definitivo de sus bienes y activos, a los representantes de la Misión de Naciones Unidas y del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, quienes a su vez lo entregaron al Ministro del Interior como representante del Gobierno nacional.

Que de conformidad con el inciso 2º del artículo 3º del Decreto-ley 903 el Gobierno nacional está facultado para reglamentar los términos que permitan la transferencia de los bienes inventariados por parte de las FARC-EP al patrimonio autónomo.

Que mediante el Decreto 1407 de 2017, se designó a la Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S. para que realizara la recepción, verificación, custodia y administración de los bienes inventariados.

Que el mismo decreto creó la Comisión Transitoria de Verificación de Bienes y Apoyo al Administrador del Patrimonio Autónomo, con la finalidad de asegurar el apoyo técnico, administrativo y financiero que requiere la Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S. para la gestión y administración de los activos inventariados.

Que el artículo 4º del Decreto 1407 de 2017 establece que "fijos exintegrantes de las FARC-EP que en su momento suscribieron el inventario de los bienes de que trata el Decreto-ley 903 de 2017 deberán garantizar la entrega material de cada bien incluido en este y responderán por su cuidado e integridad hasta el momento en que se realice dicha entrega material. Para el efecto deberán designar unos delegados que se encarguen de este proceso en relación con cada bien".

Que el Decreto 205 de 2020 en su artículo 1º adicionó el artículo 4º del Decreto 1407 de 2017 y fijó como plazo para la entrega material de todos los bienes incluidos en el inventario, el 31 de julio de 2020.

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró el 11 de marzo del presente año, como pandemia el Coronavirus Covid-19, esencialmente por la velocidad de su propagación, instando a los Estados a tomar las acciones urgentes y decididas...

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