Decreto número 1095 de 2018, por medio del cual se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para adicionar el Capítulo 18 al Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 con la reglamentación de la calificación favorable para la no causación del impuesto sobre las ventas (IVA) en la importación de premios y distinciones obtenidos por colombianos en concursos internacionales - 28 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 730711273

Decreto número 1095 de 2018, por medio del cual se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para adicionar el Capítulo 18 al Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 con la reglamentación de la calificación favorable para la no causación del impuesto sobre las ventas (IVA) en la importación de premios y distinciones obtenidos por colombianos en concursos internacionales

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50638

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 423-1 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 423-1 del Estatuto Tributario, no estará sometida al impuesto sobre las ventas, la importación de los premios y distinciones obtenidos por colombianos, en concursos, reconocimientos o certámenes internacionales de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo, reconocidos por la respectiva entidad del Gobierno nacional a quien corresponda promocionar, dentro del país, las actividades científicas, literarias, periodísticas, artísticas y deportivas y con la calificación favorable del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que conforme con el artículo 1º del Decreto 849 de 2016, el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), es un organismo

principal de la administración pública, rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), encargado de diseñar, formular, orientar, articular, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo y según el numeral 6 del artículo 2º del mismo Decreto, le compete promover el desarrollo científico, tecnológico y la innovación en el país, de acuerdo con los planes de desarrollo y las orientaciones trazadas por el Gobierno nacional.

Que según el artículo 2.2.1.8. del Decreto 1080 de 2015, Único Reglamentario del Sector Cultura de conformidad con los artículos 57y 66 de la Ley 397 de 1997, el Ministerio de Cultura es el organismo rector de la cultura y como coordinador del sistema es el encargado de fijar, coordinar y vigilar políticas generales sobre la materia y dictar normas técnicas, operativas y administrativas a las que deberán ajustarse las entidades de dicho sistema y según el artículo 2.2.1.2. del mismo decreto, el sistema tendrá por objeto principal contribuir a garantizar el acceso a las manifestaciones, bienes y servicios culturales y a promover la creatividad de los colombianos, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y en la...

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