Decreto número 1168 de 2017, por el cual se modifica la estructura del Instituto Caro y Cuervo
Emisor | Ministerio de Cultura |
Número de Boletín | 50291 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
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Consejo Directivo.
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Dirección General.
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Subdirección Académica.
3.1. Facultad Seminario Andrés Bello.
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Subdirección Administrativa y Financiera
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Órganos de Asesoría y Coordinación.
5.1 Comisión de Personal.
5.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno."
"Subdirección Académica. Son funciones de la Subdirección Académica las siguientes:
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Fijar, en coordinación con la Dirección General, las políticas y lineamientos de docencia e investigación acordes con las tareas misionales del ICC y las directrices del Gobierno nacional.
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Diseñar, generar, desarrollar y evaluar la política académica institucional, y los mecanismos de interacción con la comunidad académica, investigativa y científica externa.
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Coordinar, a través del Consejo Académico, el desarrollo integral de las áreas de investigación, educación formal y educación continua de la facultad Seminario Andrés Bello, de acuerdo a las directrices que imparta el Ministerio de Educación y a las sugerencias hechas por las instituciones que dicten políticas con respecto a la investigación y la apropiación social del conocimiento.
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Planear, ejecutar, controlar y evaluar la política de investigación del Instituto, con el apoyo del comité respectivo, de acuerdo a la misión institucional y a las necesidades sociales y culturales del país.
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Promover, orientar, guiar y evaluar el desarrollo de proyectos de investigación y de formación del Instituto de acuerdo con los planes...
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