Decreto número 119 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de El Carmen de Viboral, departamento de Antioquia - 4 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763851893

Decreto número 119 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de El Carmen de Viboral, departamento de Antioquia

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50857

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación del 20 de noviembre de 2018, el doctor Néstor Fernando Zuluaga Giraldo, Alcalde municipal de El Carmen de Viboral, manifestó impedimento para el trámite de un proyecto de acuerdo municipal para la exoneración del impuesto predial a las personas que recibieron en adjudicación lotes con los cuales las empresas de la cerámica "La Continental" y "La Nacional" entregaron a los extrabajadores como pago de las obligaciones, invocando la causal 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011;

Que mediante auto de 26 de noviembre de 2018, con Radicado número IUS-2018-573870, el Procurador Regional de Antioquia, aceptó el impedimento presentado por el doctor Néstor Fernando Zuluaga Giraldo, en su condición de Alcalde Municipal de El Carmen de Viboral, por considerar que "El objeto de esta decisión, radica exclusivamente en la verificación acerca de si las circunstancias alegadas por el señor Néstor Fernando Zuluaga Giraldo, quien es el actual Alcalde del municipio de El Carmen de Viboral (Antioquia), período 2016-2019, y al mismo tiempo, es hijo del señor Carlos de Jesús Zuluaga Patino, quien sería beneficiario de la exoneración del pago del impuesto predial,

de acuerdo a las motivaciones ya vistas, por esos vínculos de consanguinidad con su padre, se vería impedido para presentar ante el Concejo Municipal el mencionado proyecto de acuerdo. (...) Esta Procuraduría Regional de Antioquia ACEPTA el citado impedimento, en atención a las razones manifestadas por el señor Néstor Fernando Zuluaga Giraldo, Alcalde de El Carmen de Viboral (A), como quiera que así se garantizaría el principio de imparcialidad dentro de la presentación del proyecto de acuerdo de exoneración del impuesto predial", encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que...

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