Decreto número 1260 de 2018, por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría General de la Nación, se suspende un gobernador y se designa gobernadora encargada del departamento de Córdoba - 19 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 734700709

Decreto número 1260 de 2018, por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría General de la Nación, se suspende un gobernador y se designa gobernadora encargada del departamento de Córdoba

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50659

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4a de 1913, en concordancia con el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Edwin José Besaile Fayad, identificado con la cédula de ciudadanía número 78739340 de Sahagún, Córdoba, fue elegido en las elecciones de 25 de octubre de 2015 como gobernador del departamento de Córdoba, para el período 2016-2019, inscrito por la coalición "Programática y Política" conformada por el Partido Social de Unidad Nacional Partido de la "U", el Partido Liberal Colombiano y el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), según consta en el Formulario Coaliciones

E-6.

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo EXTMI18-00068626 de 18 de julio de 2018, el Secretario Ejecutivo de la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación allegó copia del auto de 17 de julio de 2018, proferido dentro del proceso radicación IUS 2016-207650 / IUC-D- 2016-652-863710 por el Procurador Primero Delegado para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, mediante el cual ordenó adicionar a la investigación unos hechos; la suspensión provisional del señor Edwin José Besaile Fayad, identificado con cédula de ciudadanía número 78739340, en su calidad de gobernador del departamento de Córdoba, por el término de tres (3) meses; y ordenó comunicar dicha decisión al Presidente de la República para que haga efectiva la medida.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la administración pública está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; así mismo, resulta oportuno precisar que la prestación de servicios a cargo del departamento debe ser continua y permanente.

Que la jurisprudencia del Consejo de Estado, tal como se indicara en sentencias del 23 de febrero de 2012, dentro de los expedientes números 110010328000201000125-00 y 110010328000201100006-00, se orienta a señalar que en...

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