Decreto número 1270 de 2017, Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Emisor | Presidencia de la República |
Número de Boletín | 50308 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 de la Constitución Política establece que la paz es un derecho y deber de obligatorio cumplimiento;
Que en la búsqueda de una paz estable y duradera y la terminación definitiva del conflicto armado, el 24 de noviembre de 2016 el Gobierno nacional suscribió con el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarios de Colombia, Ejercito del Pueblo (FARC-EP), un nuevo Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera;
Que la construcción efectiva de la Paz requiere de estrategias de pedagogía, promoción y divulgación del Acuerdo de Paz, para lo cual es necesario crear una dirección, de carácter transitoria, que se encargue de esta labor, así mismo, se resulta pertinente modificar algunas funciones de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y de la Dirección Temática,
DECRETA:
"Artículo 5°. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la siguiente: (...) 3.7 Oficina del Alto Comisionado para la Paz 3.7.1 Dirección Temática 3.7.2 Dirección de Pedagogía y Promoción de la Paz.
"(...) 12. Adelantar las gestiones necesarias para que la implementación de los acuerdos de paz se ajuste a la visión y contenido de los mismos.
14. Absolver las consultas y peticiones que guarden relación con las funciones de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
15. Proponer, en coordinación y bajo los lineamientos de la Secretaría Jurídica, proyectos de actos legislativos, leyes, decretos reglamentarios y demás documentos en...
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