Decreto número 1286 de 2020, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantías S.A. y el Fondo Agropecuario de Garantías - 24 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849686017

Decreto número 1286 de 2020, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantías S.A. y el Fondo Agropecuario de Garantías

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51447

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, el literal c) del numeral 1 del artículo 48 y el numeral 1 del artículo 240 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y el literal c) del artículo de la Ley 964 de 2005 y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la emergencia económica, social y ecológica causada por la pandemia del COVID-19, el Gobierno nacional ha expedido diferentes decretos legislativos con el fin de generar herramientas de apoyo a los sectores empresariales afectados por la pandemia, a través de las operaciones de garantía crediticia que desarrolla el Fondo Nacional de Garantías S.A. y el Fondo Agropecuario de Garantías.

Que entre dichas normas se encuentran los Decretos legislativos 492, 581, 816, 817 y 819 de 2020, con los cuales se autorizan nuevas operaciones al Fondo Nacional de Garantías S.A. y se establecen algunas condiciones para el ejercicio de dichas operaciones y para el funcionamiento de la entidad, y los Decretos legislativos 486 y 796 de 2020, con los que se faculta al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), para celebrar acuerdos de recuperación y pago de cartera, a favor de pequeños o medianos productores afectados por la emergencia ocasionada por la pandemia del COVID-19.

Qué, en consonancia con este marco normativo, por medio del Decreto 466 de 2020 el Gobierno nacional modificó algunas normas de relación mínima de solvencia, patrimonio técnico y ponderación de activos y contingencias aplicables al Fondo Nacional de Garantías S.A., con el fin de que la regulación prudencial aplicable a dicho Fondo se encuentre acorde con las medidas regulatorias adoptadas para otras entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, tales como los establecimientos de crédito y las entidades aseguradoras.

Que de acuerdo con las modificaciones más recientes realizadas al marco de operaciones autorizadas al Fondo Nacional de Garantías S. A, entre ellas las previstas en el literal b) del artículo del Decreto 816 de 2020 y el artículo 3º del Decreto 817 de 2020, conforme los cuales se permite que el Fondo Nacional de Garantías S.A. otorgue garantías para emisiones de bonos u otros títulos de inversión, se requiere realizar nuevos...

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