Decreto número 1313 de 2019, por medio del cual se modifica el Decreto 1009 de 2019 - 22 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 800360057

Decreto número 1313 de 2019, por medio del cual se modifica el Decreto 1009 de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2019
EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51022

El Presidente de la Republica de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Ley 1815 del 2016, por la cual se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2017, facultaba al Gobierno nacional para que incluyera en el Presupuesto General de la Nación 2017, una partida para que se reajustaran los salarios de los servidores del Congreso de la República, con excepción de los vinculados a las Unidades de Trabajo Legislativo.

Que no obstante, la anterior disposición, durante la vigencia fiscal del año 2017 se encontraba vigente el artículo 92 de la Ley 617 de 2000 que establecía un límite para el crecimiento anual de los gastos de personal de las entidades públicas nacionales, de manera que durante dicha vigencia no se expidió norma diferente al reajuste salarial anual, para los servidores del Congreso, diferentes a los vinculados a las Unidades de Trabajo Legislativo.

Que con el fin de superar la citada limitación el Congreso de la República expidió la Ley 1896 del 2018, en cuyo artículo 3º estableció: "Excepción de aplicación al Congreso de la República Cámara de Representantes y Senado de la República. Exceptúese al Congreso de la República Cámara de Representantes y Senado de la República, de la aplicación de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000, en el crecimiento de los gastos de personal, única y exclusivamente, para efectos de la nivelación salarial de la nómina de los funcionarios de planta que no estén vinculados a las Unidades de Trabajo Legislativo en aplicación de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 1815 de 2016, durante las vigencias fiscales a partir de 2018 hasta el año 2022. Las Direcciones Administrativas del Senado de la República y Cámara de Representantes serán las

encargadas de adelantar los trámites de cumplimiento de este artículo y quedarán a cargo de sus respectivas plantas de personal".

Que el artículo 92 de la Ley 617 de 2000 fue derogado por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 (Pacto por Colombia, pacto por la Equidad).

Que teniendo en cuenta los antecedentes legislativos señalados y dada la naturaleza de las funciones de los servidores del Congreso, la responsabilidad atribuida a sus...

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