Decreto número 1332 de 2020, por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 772 de 2020, sobre medidas especiales en materia de procesos de insolvencia - 6 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850326287

Decreto número 1332 de 2020, por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 772 de 2020, sobre medidas especiales en materia de procesos de insolvencia

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51459

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo del Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 1116 de 2006 establece el régimen de insolvencia empresarial y su objetivo consiste en proteger el crédito, recuperar y conservar las empresas como unidades de explotación económica y fuentes generadoras de empleo, a través de tos procesos de reorganización y de liquidación judicial, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor, cuando no es posible su recuperación, siempre bajo el criterio de agregación de valor.

Que la Ley 1116 de 2006 otorgó facultades jurisdiccionales a la Superintendencia de Sociedades para conocer como Juez del Concurso en el caso de todas las sociedades, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras y, a prevención, tratándose de deudores personas naturales comerciantes.

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 772 de 2020, por el cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia, con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial.

Que los artículos 11 y 12 del precitado Decreto Legislativo definieron los procesos de reorganización abreviado y liquidación judicial simplificado para pequeñas insolvencias, dirigido a aquellos deudores con activos inferiores o iguales a cinco mil. salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMMLV), por lo que resulta necesario definir algunos aspectos relativos a los destinatarios de los mencionados procesos, así como la posibilidad que tienen los deudores para acceder a otros procesos, procedimientos o trámites definidos en la Ley 1116 de 2020 y el Decreto Legislativo 560 de 2020.

Que de acuerdo con las reglas establecidas para los procesos de reorganización abreviado y liquidación judicial simplificado para pequeñas insolvencias, se debe precisar la aplicación de la coordinación de estos procesos.

Que de conformidad con las etapas ser'\aladas en los procesos de reorganización abreviado y liquidación judicial simplificado para pequeñas insolvencias, se estableció la presentación de objeciones a la calificación y graduación de créditos, determinación de los derechos de voto y resulta necesario definir que su presentación se realice ante el Juez del Concurso para que obren en el expediente, así como los términos para la sustentación del plan de negocios y de la propuesta de acuerdo de reorganización.

Que, con el fin de dar claridad sobre la designación de los...

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