Decreto número 1340 de 2019, por el cual se modifica el artículo 2.2.14.1.39 del Título 14 Capítulo 1 del Decreto número 1833 de 2016 por el cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones - 25 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 800851769

Decreto número 1340 de 2019, por el cual se modifica el artículo 2.2.14.1.39 del Título 14 Capítulo 1 del Decreto número 1833 de 2016 por el cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín51025

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 100 de 1993, en su artículo 25 creó el Fondo de Solidaridad Pensional, como una cuenta especial de la nación sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo, facultándolo para que sus recursos fueran administrados a través de encargo fiduciario por sociedades fiduciarias de naturaleza pública.

Que la citada ley, en su artículo 26 dispone que el objetivo del Fondo será subsidiar el aporte al Sistema General de Pensiones de grupos de población que, por sus características y condiciones socioeconómicas, no tienen acceso, tales como campesinos, indígenas, trabajadores independientes, artistas, deportistas y madres comunitarias.

Que el artículo 2º de la Ley 797 de 2003, modificó el literal i) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, creando la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, destinada a la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema, mediante un subsidio económico, cuyo origen, monto y regulación se establece en esta ley.

Que mediante el artículo 29 del Decreto número 3771 de 2007, se faculta al Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio del Trabajo, para realizar la elaboración del Manual Operativo que fija los lineamientos de selección de beneficiarios, los componentes de los subsidios y demás aspectos procedimentales de los programas financiados con los recursos de la Subcuenta de Subsistencia.

Que la Resolución 3908 de 2005, expedida por el Ministerio de la Protección Social hoy Ministerio del Trabajo, adoptó el Manual Operativo del Programa de Protección Social al Adulto Mayor - Colombia Mayor, el cual posteriormente fue actualizado mediante la Resolución número 1370 de 2013, que otorgó competencia al Ministerio de Trabajo en el numeral 3.2.2 para diseñar las políticas públicas en desarrollo del programa, así como la definición de los lineamientos para la operación de los subsidios que se otorgan en el Programa Colombia Mayor.

Que el Decreto número 3771 de 2007, reglamentó la administración y funcionamiento del Fondo de Solidaridad Pensional, en particular su artículo 37 estableció las causales de pérdida del derecho al subsidio. Estas causales fueron modificadas a su vez, por...

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