Decreto número 1347 de 2017, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Nocaima (Cundinamarca) - 14 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 691444597

Decreto número 1347 de 2017, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Nocaima (Cundinamarca)

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50325

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante auto de 3 de noviembre de 2016, el alcalde del municipio de Nocaima (Cundinamarca), doctor William Guillermo Ospina Delgado, se declaró impedido para conocer de la querella de lanzamiento por ocupación de hecho en predio rural, promovida por Carlos Arturo Enciso Díaz contra Carmen Julia Sánchez, Ferney Ospina Delgado, Luis Acuña y Olivo Arriaga, con radicado número 2194, invocando la causal de impedimento prevista en el artículo 49 de la Ordenanza Departamental 014 de 2015, en concordancia con el artículo 11 numeral 1 de la Ley 1437 de 2011.

Que, mediante auto de 23 de enero de 2017, con número de radicación IUS: 2016-417565, la Procuradora Regional de Cundinamarca, aceptó el impedimento presentado por el Alcalde del municipio de Nocaima (Cundinamarca), para separarse del conocimiento de la querella de lanzamiento por ocupación de hecho mencionada, al encontrar configurada la causal invocada, y solicitó la designación de un alcalde ad hoc.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (...)", el gobernador del departamento de Cundinamarca mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI17-17589, remitió la hoja de vida del señor Óscar Barrera Hurtado, funcionario vinculado a la gobernación de Cundinamarca, para ser designado como Alcalde ad hoc del municipio de Nocaima.

Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también...

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