Decreto número 1360 de 2018, por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1215 de 2018 - 31 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736130237

Decreto número 1360 de 2018, por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1215 de 2018

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50671

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en desarrollo del artículo 6º de la Ley 226 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 1215 del 13 de julio de 2018, se aprobó el Programa de Enajenación de las acciones de propiedad de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público en Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S.P. ("Programa de Enajenación"), estableciendo el precio mínimo por acción en dos mil setenta y cinco pesos ($2,075);

Que según consta en la certificación expedida por el Secretario del Consejo de Ministros de fecha 19 de junio de 2018, en sesión del 23 de mayo de 2018 se aprobó "(... ) un precio mínimo por acción de dos mil setenta y cinco pesos ($2,075) (...)";

Que en la certificación expedida por el Secretario del Consejo de Ministros del 19 de junio de 2018, se omitió incluir decimales al precio mínimo por acción;

Que de conformidad con la certificación expedida por el Secretario del Consejo de Ministros de fecha 19 de julio de 2018, se complementó la certificación expedida el 19 de junio de 2018 en el sentido de incluir decimales en el precio mínimo por acción;

Que en la certificación de fecha 19 de julio de 2018 expedida por el Secretario del Consejo de Ministros, se hace constar que en sesión del 23 de mayo de 2018 se aprobó "(... ) un precio mínimo por acción de dos mil setenta y cinco pesos con treinta y un centavos ($2,075.31) (...)";

Que en virtud de lo anterior, es necesario modificar parcialmente el Decreto número 1215 del 13 de julio de 2018 en el sentido de incluir los decimales al precio mínimo por acción fijado por el Consejo de Ministros.

Con fundamento en las anteriores consideraciones,

DECRETA:

Artículo 1º Modificación del literal (b) del artículo 6º del Decreto número 1215 de 2018.

Modifíquese el literal (b) del artículo 6º del Decreto número 1215 del 13 de julio de 2018, el cual quedará así:

(b) Las Acciones se ofrecerán inicialmente por un precio por Acción igual a dos mil setenta y cinco pesos con treinta y un centavos ($2.075,31), el cual estará indicado en el aviso de oferta de la Primera Etapa (el "Precio Fijo por Acción") y deberá pagarse conforme lo establecido en el artículo 5º del presente decreto.

Artículo 2º...

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