Decreto número 142 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Quípama, departamento de Boyacá - 7 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763855617

Decreto número 142 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Quípama, departamento de Boyacá

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50860

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 016 de 13 de junio de 2018, remitido a la Procuraduría Regional de Boyacá, el doctor William Enrique Pereira Herrera, alcalde del municipio de Quípama, Boyacá, manifestó impedimento para realizar actuaciones dentro del proceso ordinario laboral de primera Instancia número 2018-00037-00, instaurado ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Chiquinquirá, por el señor Carlos Eduardo Herrera Moreno, con quien los une un parentesco en primer grado de afinidad, invocando la causal prevista en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante auto 2134 de 14 de agosto 2018, radicado IUS-E-2018-287752, el Procurador Regional de Boyacá aceptó el impedimento manifestado por el doctor William Enrique Pereira Herrera, en su calidad de alcalde del municipio de Quípama, para representar a la entidad territorial como parte dentro del proceso ordinario laboral de primera instancia número 2018-00037-00, que cursa en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Chiquinquirá contra el mencionado municipio, interpuesto por el suegro del mandatario, el señor Carlos

Eduardo Herrera Moreno, al considerar que "Es obvio que el argumento fáctico encaja en la causal nominativa citada, por cuanto, está acreditado que el suegro del Alcalde está demandando al municipio de Quípama en el que esta debe actuar como parte, como representante legal de la entidad territorial, luego, se tipifica el conflicto de intereses, por confluir en el señor William Enrique Pereira Herrera, interés de los dos extremos litigiosos, municipio y suegro" y, consecuentemente, ordenó remitir las diligencias al Ministerio del Interior para que se proyecte el respectivo acto de designación de funcionario ad hoc, para la firma del Presidente de la República.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "(...) [s]erá de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o...

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