Decreto número 1420 de 2020, por el cual se modifican los Decretos 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público y 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con las causales de terminación de la cobertura de tasa de interés - 3 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851744698

Decreto número 1420 de 2020, por el cual se modifican los Decretos 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público y 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con las causales de terminación de la cobertura de tasa de interés

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51487

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 48 de la Ley 546 de 1999 autorizó la creación del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH), administrado por el Banco de la República, en los términos que establezca el Gobierno nacional, con el propósito de facilitar las condiciones para la financiación de vivienda.

Que el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, estableció que el Gobierno nacional, a través del Fondo de Reserva para la Estabilización de Cartera Hipotecaria (FRECH), administrado por el Banco de la República, podrá ofrecer nuevas coberturas de tasas de interés a los deudores d créditos de vivienda nueva y locatarios en contratos de leasing habitacional que otorguen o suscriban los establecimientos de crédito.

Que la Superintendencia Financiera de Colombia ha expedido las circulares externas 007 del 17 de marzo de 2020 y 014 del 30 de marzo de 2020, por medio de las cuales impartió instrucciones a las entidades vigiladas relacionadas con las modificaciones a las operaciones activas de crédito necesarias para mitigar los efectos derivados de la coyuntura económica de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria.

Que mediante Circular Externa 022 del 30 de junio de 2020, la Superintendencia Financiera de Colombia dio instrucciones a los establecimientos de crédito para la definición del programa de acompañamiento a deudores e incorporación de medidas prudenciales complementarias en materia de riesgo crediticio, entre las que se destaca, el otorgamiento de periodos de gracia o prórrogas y la redefinición de los créditos de vivienda y/o los contratos de leasing habitacional.

Que a la fecha, existen créditos destinados a la adquisición de vivienda y contratos de leasing habitacional que cuentan con el beneficio de cobertura a la tasa de interés establecido en los Decretos números 1068 de 2015 y 1077 de 2015.

Que a los deudores de cartera...

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