Decreto número 1422 de 2019, por el cual se reglamenta el parágrafo 5º del artículo 855 del Estatuto Tributario, se adiciona el capítulo 29 al título 1 parte 6 del libro 1 y el parágrafo 2º al artículo 1.6.1.21.13. del capítulo 21 título 1 parte 6 del libro 1 y se modifica el artículo 1.6.1.21.14. del capítulo 21 título 1 parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria - 6 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 807903417

Decreto número 1422 de 2019, por el cual se reglamenta el parágrafo 5º del artículo 855 del Estatuto Tributario, se adiciona el capítulo 29 al título 1 parte 6 del libro 1 y el parágrafo 2º al artículo 1.6.1.21.13. del capítulo 21 título 1 parte 6 del libro 1 y se modifica el artículo 1.6.1.21.14. del capítulo 21 título 1 parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51037

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del parágrafo 5º del artículo 855 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, sancionó la Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, "por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones".

Que el artículo 98 de la Ley 1943 de 2018, adicionó el parágrafo 5º al artículo 855 del Estatuto Tributario, y estableció: "La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá devolver, de forma automática, los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas.

El mecanismo de devolución automática de saldos a favor aplica para los contribuyentes y responsables que: a. No representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN); b. Más del ochenta y cinco por ciento (85%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica".

Que la implementación de la devolución automática forma parte de la transformación de la administración pública como desarrollo de uno de los objetivos del "Pacto por una gestión pública efectiva", de que trata el numeral 15 del artículo de la Ley 1955 de 2019 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. "Pacto por Colombia, pacto por la equidad", al permitir que se reduzcan los términos de reconocimiento de las devoluciones de los saldos a favor del impuesto sobre la renta e impuesto sobre las ventas

(IVA).

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cuenta con el Modelo de Perfilamiento del Riesgo que permite conocer el comportamiento tributario de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA), a través del cual se verificará el riesgo de que trata en el literal a) del artículo 98 de la Ley 1943 de 2018, de los solicitantes de devolución de estos impuestos. Es de anotar que la información y procedimientos que administra es...

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