Decreto número 143 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Marmato, departamento de Caldas - 7 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763855629

Decreto número 143 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Marmato, departamento de Caldas

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50860

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio de fecha 1º de junio del 2017, el doctor Julio Vargas Chica, alcalde del municipio de Marmato, Caldas, se declaró impedido para tomar parte como autoridad local en la consulta previa que fue establecida en la Sentencia SU-133 de 2017, proferida por la honorable Corte Constitucional.

Que mediante auto de fecha 19 de julio de 2017, en el proceso con radicación E-2017-678997, el Procurador Regional de Caldas, aceptó el impedimento presentado por el doctor Julio Vargas Chica, por encontrar configurada la causal prevista en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al considerar que: "(...) este Despacho procederá a conceder el impedimento por haberse acreditado dentro del término que la Ley dispone para resolver la solicitud frente a la causal objetivamente constatable del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, como quiera que este Despacho ve configurados los dos elementos en cuanto al conflicto de interés a saber: El elemento Subjetivo - Aquel que vincula al servidor público con sus intereses particulares frente a una actuación de su competencia en razón de su cargo; y El elemento objetivo - La acreditación del supuesto de hecho que permita establecer el vínculo del primero (...)", y, consecuentemente, designó como alcalde ad hoc, al señor Secretario de Gobierno del Departamento de Caldas.

Que mediante providencia de fecha 15 de agosto de 2018, en el proceso con radicación E-2017-678997, el Procurador Regional de Caldas, declaró la nulidad del numeral segundo del auto del 19 de julio de 2017, en el cual se dispuso "designar como alcalde ad hoc, al señor secretario de Gobierno del departamento de Caldas...", conservando vigencia el numeral primero, donde se dispuso "conceder el impedimento formulado por el solicitante Julio Vargas Chica...".

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "... Será de competencia del presidente de la república decidir si...

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