Decreto número 1490 de 2020, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Anorí, departamento de Antioquia - 23 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 852736328

Decreto número 1490 de 2020, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de Anorí, departamento de Antioquia

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51507

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio radicado el 7 de enero de 2020 en la Procuraduría Regional de Antioquia, el doctor Juan Camilo Piedrahita Ceballos, alcalde del municipio de Anorí, Antioquia, manifestó su impedimento para actuar, conocer e intervenir de manera directa e indirecta en el proceso con radicado número 05001333301920160060100, medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho - Laboral, en el que actúa como demandante, adelantado contra el municipio de Anorí, Antioquia, ante el Juzgado 19 Administrativo de Medellín, por tener un interés directo, al ser el demandante en el proceso enunciado, con motivo de la terminación de su provisionalidad, cuando se desempeñaba en el cargo de Técnico Administrativo en Educación.

Que mediante auto de fecha 17 de enero de 2020, el Procurador Regional de Antioquia, dentro del proceso con radicación IUS-E-2020-004315, aceptó el impedimento manifestado por el doctor Juan Camilo Piedrahita Ceballos, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, "para representar al municipio en la acción contencioso administrativa, medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho - Laboral, ante el Juzgado 19 Administrativo de Medellín radicado número 05001333301920160060100", al considerar que "(...) en efecto, existe razón en el señor Alcalde Municipal de Anorí, al manifestar impedimento para representar al municipio en la acción contencioso administrativa, medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho - Laboral, ante el Juzgado 19 Administrativo de Medellín, en razón a la consolidación de la causal de impedimento relacionada con el conflicto de intereses que se presenta en el ejercicio como alcalde municipal, pues él es el demandante", y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "... Será...

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