Decreto número 1531 de 2019, por el cual se amplía el plazo para la implementación de un software que permita el diligenciamiento de la Tarjeta de Registro Hotelero y se deroga el parágrafo transitorio del artículo 2.2.4.4.12.3 del Decreto número 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo - 26 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 809919365

Decreto número 1531 de 2019, por el cual se amplía el plazo para la implementación de un software que permita el diligenciamiento de la Tarjeta de Registro Hotelero y se deroga el parágrafo transitorio del artículo 2.2.4.4.12.3 del Decreto número 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51057

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 32 de la Ley 1558 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32 de la Ley 1558 de 2012, dispone que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), es la entidad encargada de llevar el registro de las estadísticas relacionadas con el sector turístico y de reportar dicha información, según los diferentes renglones de la actividad que de común acuerdo se determine con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que así mismo, el parágrafo del mencionado artículo 32 de la Ley 1558 de 2012, establece que la información contenida en las Tarjetas de Registro Hotelero será remitida al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), para elaborar la estadística sobre visitas de nacionales y extranjeros, en los términos y condiciones que defina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a quien le corresponde facilitar las condiciones técnicas para su cumplimiento. Cabe precisar que la legislación nacional permite adelantar el manejo de la información contenida en la Tarjeta de Registro Hotelero, guardándose la debida reserva y prohibiéndose el uso de información de carácter individual que pudiera utilizarse para fines comerciales, de tributación fiscal, de investigación judicial o cualquier otra diferente al propiamente estadístico.

Que de acuerdo con la norma mencionada en los párrafos precedentes, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 2119 de 2018, por medio del cual se reglamentó la prestación del servicio de alojamiento turístico y se modifican la Sección 12 del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 y el parágrafo del artículo 2.2.4.7.2 del Decreto número 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario de Sector Comercio, Industria y Turismo. Acto administrativo de contenido regulatorio que estableció en el artículo 2.2.4.4.12.3 el desarrollo de un software para el diligenciamiento de la Tarjeta de Registro Hotelero, a efecto de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, adopte acciones que le permitan facilitar las condiciones técnicas para el cumplimiento de lo previsto en el parágrafo del artículo 32 de la Ley 1558 de 2012.

Que en el parágrafo transitorio del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR