Decreto número 1553 de 2019, por el cual se suspende provisionalmente al gobernador encargado del departamento de La Guajira, en cumplimiento de una decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal y se hace un encargo - 29 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 810356121

Decreto número 1553 de 2019, por el cual se suspende provisionalmente al gobernador encargado del departamento de La Guajira, en cumplimiento de una decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal y se hace un encargo

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51060

El Presidente de la República de Colombia, en ej ercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política, 66 de la Ley 4a de 1913, en concordancia con el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Wilbert José Hernández Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 84075188, fue designado mediante Decreto 924 del 30 mayo de 2019 como gobernador encargado del departamento de La Guajira, teniendo en cuenta que el gobernador electo fue condenado penalmente por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia número SEP00050-2018, Radicado 50103 del 13 de noviembre de 2018, a 120 meses y 15 días de prisión y 999,98 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en la misma providencia se impartió orden de captura para cumplir la pena impuesta.

Que mediante oficio del 26 de julio de 2019, radicado en el Ministerio del Interior con el EXTMI19-30891 de la misma fecha, la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, allegó copia del auto del 26 de julio de 2019, proferido dentro del radicado IUS E -2019-425848 mediante el cual la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal ordena la apertura de investigación disciplinaria en contra del señor Wilbert Hernández Sierra, en su calidad de gobernador encargado del departamento de La Guajira.

Que en el numeral cuarto del auto antes citado, la Procuradora Segunda Delegada para la Contratación Estatal, en aplicación del artículo 157 de la Ley 734 de 2002, suspendió provisionalmente, por el término de tres (3) meses, a Wilbert José Hernández Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La Guajira, y en el numeral séptimo de la misma providencia, ordenó comunicar la citada providencia al Presidente de la República, para dar cumplimiento inmediato a la citada medida.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la administración pública está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, y así mismo, resulta oportuno precisar que la prestación de...

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