Decreto número 1560 de 2019, por el cual se suspende al gobernador del Departamento de Norte de Santander en cumplimiento de una decisión de la procuraduría general de la nación y se hace un encargo - 30 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 810540125

Decreto número 1560 de 2019, por el cual se suspende al gobernador del Departamento de Norte de Santander en cumplimiento de una decisión de la procuraduría general de la nación y se hace un encargo

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51061

El Presidente de la República de Colombia, en ej ercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política, 66 de la Ley 4a de 1913, en concordancia con el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el señor William Villamizar Laguado, identificado con la cédula de ciudadanía número 13485061, fue elegido en las elecciones del 25 de octubre de 2015 como gobernador del departamento de Norte de Santander para el período constitucional 2016-

2019, inscrito por la coalición “Partido Social de Unidad Nacional, Partido de la “U” y el Partido Liberal Colombiano”, según consta en el Formulario E-6.

Que mediante oficio PPDCE- 1355041-02 del 23 de agosto de 2019, radicado en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-34899 de la misma fecha, la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, allegó copia del auto del 23 de agosto de 2019, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2019-425848 IUC-D-2019-1355041, mediante el cual ordenó la suspensión provisional del señor William Villamizar Laguado, identificado con cédula de ciudadanía número 1348561, en su calidad de gobernador del departamento de Norte de Santander, por el término de tres (3) meses y sin derecho a remuneración.

Que la misma providencia del 23 de agosto de 2019, en el numeral segundo en relación con la medida de suspensión provisional, determinó: “Comunicar esta determinación y remitir copia de la decisión inmediatamente al Presidente de la República, para que haga efectiva la medida”.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la administración pública está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; y así mismo, resulta oportuno precisar que la prestación de servicios a cargo del departamento debe ser continua y permanente.

Que ante la orden de suspensión del cargo de gobernador del departamento de Norte de Santander, emitida por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal en contra del señor William Villamizar Laguado, se evidencia la imposibilidad para que este...

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