Decreto número 1605 de 2019, por el cual se corrige un yerro en el Decreto número 338 de 2019 'por el cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción' - 4 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 811308329

Decreto número 1605 de 2019, por el cual se corrige un yerro en el Decreto número 338 de 2019 'por el cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción'

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín51066

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, el artículo 45 de la Ley 4a de 1913, y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que revisando el contenido del Decreto número 338 de 2019, "por el cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción" , se evidenció que por un error involuntario de digitación en el artículo 2º, a través del cual se adicionó un nuevo Capítulo 7 al Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1083 de 2015, específicamente en el último artículo titulado como Asistencia a comités, se duplicó el número del artículo 2.2.21.7.3, denominado y asignado para el título: Acciones de la Red Anticorrupción;

Que de conformidad con el artículo 45 de la Ley 4a de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, el cual señala "los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador";

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-178 de 2007, establece que "corresponde a los respectivos funcionarios enmendar los errores caligráficos o tipográficos en el texto de una norma cuando no quede duda de la voluntad del Congreso. Así mismo, se ha dicho que la expedición de decretos de corrección de yerros es una función administrativa y ordinaria del Presidente de la República en el ámbito de la promulgación de las leyes" ;

Que el Consejo de Estado en Sentencia (6871) del 22 de noviembre de 2002, adopta la postura jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre la facultad del Presidente de la República para corregir yerros legislativos a través de la expedición de decretos, para lo cual trae a colación los...

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