Decreto número 1620 de 2020, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Sandoná, departamento de Nariño - 7 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 853309095

Decreto número 1620 de 2020, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Sandoná, departamento de Nariño

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51521

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Auto número 001DP-2020 del 10 de septiembre del 2020, la doctora María Fernanda Hidalgo Basante, Alcaldesa del municipio de Sandoná, Nariño, manifestó su impedimento para continuar con el trámite administrativo relacionado con el proyecto "CONSTRUCCIÓN Y EMBELLECIMIENTO GRUTA DE BELÉN, SECTOR LAS FUENTES, MUNICIPIO DE SANDONÁ, DEPARTAMENTO DE NARIÑO", con código BPIN 2018000030174, por tener vínculos de consanguinidad con personas que son titulares de derechos sobre predios que por la vecindad y cercanía al lugar donde se desarrollaría el proyecto antes indicado, podrían resultar beneficiados.

Que mediante auto del 28 de septiembre de 2020, proferido dentro del proceso con radicación IUS E 2020 494801, IUC D 2020 1595230, el Procurador Regional de Nariño aceptó el impedimento manifestado por la doctora María Fernanda Hidalgo Basante, para continuar con el trámite administrativo relacionado con el proyecto Construcción y embellecimiento Gruta de Belén, sector Las Fuentes, municipio de Sandoná departamento de Nariño, por configurarse la causal número 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al considerar que "(...) es claro que frente a la gestión o trámite de una obra pública, que en palabras de la señora Alcaldesa de Sandoná, pueden resultar beneficiados sus familiares por ser dueños de predios cercanos al proyecto "Construcción y embellecimiento Gruta Belén sector Las Fuentes (...)" debe manifestar su impedimento frente a dicho proyecto ya que ciertamente podría beneficiar a sus parientes consanguíneos" y, consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la designación del Alcalde ad hoc para el trámite enunciado.

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "... Será de competencia del presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre...

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