Decreto número 1718 de 2019, por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - 19 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 812929501

Decreto número 1718 de 2019, por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51081

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.

Que la modificación de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018, que dispone: Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad "Directrices de Austeridad".

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1º Supresión de empleos.

Suprimir en la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes empleos:

Artículo 3º Distribución de los empleos.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Artículo 4º Continuidad de la remuneración e incorporación.

Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a los que se les suprime el cargo continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los cargos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación en los cargos creados en el artículo 2º del presente decreto y/o sean nombrados en otros cargos y tomen posesión.

Parágrafo. A los servidores públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualmente vinculados...

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