Decreto número 1753 de 2017, por el cual se modifica la Estructura Interna de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y se determinan las funciones de sus Dependencias - 27 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696088765

Decreto número 1753 de 2017, por el cual se modifica la Estructura Interna de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y se determinan las funciones de sus Dependencias

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50399

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto número 4746 del 30 de 2005, fusionó los establecimientos públicos Fondo Rotatorio de la Armada Nacional, Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana en el Fondo Rotatorio del Ejército Nacional, el cual se denominó Agencia Logística de las Fuerzas Militares;

Que los artículos 7º y 12 del Decreto número 4746 de 2005 determinaron las funciones generales y la estructura de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, respectivamente;

Que la Entidad requiere mejorar la capacidad de respuesta para las Fuerzas Militares de Colombia y Entidades del Sector Defensa, en sus procesos misionales y estratégicos, especialmente en la gestión contractual, planificación de abastecimientos, operación logística, gestión de redes de valor e innovación Institucional;

Que según Actas número 004 del 27 de abril de 2017 y número 008 del 22 de agosto de 2017, el Consejo Directivo de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares decidió someter para aprobación del Gobierno nacional, la modificación de la estructura interna de la Entidad;

Que en virtud de lo anterior, es necesario modificar la Estructura Interna de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y determinar las funciones de sus dependencias,

DECRETA:

Artículo 1º Estructura.

La estructura de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, será la siguiente:

  1. Consejo Directivo

  2. Dirección General

    2.1. Oficina Asesora Planeación e Innovación Institucional

    2.2. Oficina Asesora Jurídica

    2.3. Oficina Control Interno

    2.4. Oficina Control Interno Disciplinario

    2.5. Oficina Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC)

  3. Secretaría General

    3.1. Dirección Administrativa y Talento Humano

    3.2. Dirección Financiera

  4. Subdirección General Abastecimientos y Servicios

    4.1. Dirección Abastecimiento Clase I

    4.2. Dirección Otros Abastecimientos y Servicios

    4.3. Dirección Infraestructura

  5. Subdirección General de Contratación

  6. Subdirección General de Operación Logística

    6.1. Dirección de Producción

    6.2. Direcciones Regionales

  7. Órganos Asesoría y Coordinación

    7.1. Comité Coordinación del Sistema de Control Interno

    7.2. Comité Conciliación y Defensa Judicial

    7.3. Comisión de Personal

Artículo 2º Funciones del Director General.

Son funciones del Director General, las siguientes:

  1. Dirigir, planear, coordinar y controlar el desarrollo de las funciones asignadas a la entidad y del personal que lo integra.

  2. Rendir informes generales o periódicos y particulares al Presidente de la República y al Ministro de Defensa Nacional, sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la Entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la Política del Gobierno.

  3. Definir el Plan Estratégico de la Agencia y los planes y programas necesarios para dar cumplimiento al objetivo de la entidad y presentarlos a aprobación del Consejo Directivo.

  4. Presentar a consideración del Consejo Directivo la política general de la entidad y una vez adoptada por este, expedir los actos administrativos necesarios para su ejecución y velar por su cumplimiento.

  5. Ejecutar las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo y rendir los informes correspondientes.

  6. Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo, el anteproyecto anual de presupuesto, las modificaciones presupuestales, así como los estados financieros de la Entidad y los proyectos de inversión de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

  7. Dirigir y controlar el manejo de los recursos financieros para que se ejecuten de conformidad con los planes, los programas y con las normas orgánicas del Presupuesto General de la Nación.

  8. Representar las acciones o derechos que la entidad posea en otros organismos.

  9. Dirigir y orientar la planificación del abastecimiento y operación logística para el suministro de bienes y servicios, así como de obras de infraestructura y velar por su seguimiento, evaluación y mejora.

  10. Impartir directrices para la normalización y aseguramiento de la calidad en los procesos y productos de la entidad, que garanticen el cumplimiento de estándares y la oportunidad en la entrega.

  11. Gestionar alianzas con otros gobiernos u organismos de carácter internacional que faciliten e impulsen el logro de los objetivos de la entidad, en coordinación con las Entidades estatales competentes.

  12. Ejercer la representación legal de la entidad y designar apoderados que la representen en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la defensa de sus intereses.

  13. Adoptar las normas internas necesarias para el funcionamiento de la entidad.

  14. Ordenar los gastos, expedir los actos administrativos y celebrar los convenios y contratos con personas naturales o jurídicas, así como con Entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la entidad.

  15. Delegar la ordenación del gasto y demás asuntos confiados por la ley, en los empleados públicos del nivel directivo vinculados a la Entidad, en los términos y condiciones establecidos por la ley.

  16. Distribuir los cargos de la planta de personal global, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas y necesidades de la Entidad.

  17. Nombrar y remover el personal de la entidad, así como expedir los actos administrativos relacionados con su administración de personal, de conformidad con la normatividad legal vigente.

  18. Crear y organizar con carácter permanente o transitorio comités, órganos de asesoría y coordinación y grupos internos de trabajo y definir las funciones que deban cumplir para atender las necesidades del servicio, teniendo en cuenta los planes, programas y proyectos definidos y dar cumplimiento a la misión de la entidad.

  19. Presentar a consideración del Gobierno nacional la adopción de modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad, aprobadas por el Consejo Directivo.

  20. Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten en contra de los servidores de la entidad, de su competencia.

  21. Adoptar la estrategia de comunicación interna y externa de las funciones y resultados de la gestión de la entidad.

  22. Formular y coordinar la implementación de políticas, planes y proyectos orientados a la custodia, protección y mejoramiento de todos los bienes tangibles e intangibles que constituyen el Patrimonio de la entidad.

  23. Definir las directrices para el desarrollo y sostenimiento de los sistemas integrados de gestión de la entidad y de control interno.

  24. Las demás que le sean asignadas por las normas legales vigentes y los estatutos internos.

Artículo 3º Funciones de la Oficina Asesora Planeación e Innovación Institucional.

Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional, las siguientes:

  1. Asesorar al Director General de la entidad en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos y misión institucional.

  2. Definir directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de la entidad.

  3. Elaborar para la aprobación del Director General de la Entidad y las partes interesadas, el Plan Estratégico, el Plan de acción, los Planes Operativos y el Plan de Inversiones de la entidad, en coordinación con las Dependencias y realizar su seguimiento y evaluación.

  4. Asesorar y dar viabilidad a las dependencias que así lo requieran, en la elaboración de los estudios y trámites necesarios para ser matriculados como proyectos de inversión ante el Departamento Nacional de Planeación (DNP), así como efectuar el seguimiento a los proyectos de inversión que esté adelantando la entidad.

  5. Liderar, consolidar y presentar, en coordinación con la Secretaría General y la Dirección Financiera, el anteproyecto de presupuesto, así como la programación presupuestal anual de la entidad, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Director General de la entidad.

  6. Realizar el seguimiento a la ejecución de las políticas y al cumplimiento de las metas de los planes, programas, proyectos, así como la ejecución presupuestal de la entidad.

  7. Realizar y gestionar las modificaciones presupuestales que se requieran y adelantar el trámite ante los entes competentes, de conformidad con el estatuto orgánico del Presupuesto y la Normatividad Legal Vigente...

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