Decreto número 1757 de 2017, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017y se efectúa la correspondiente liquidación - 27 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696088737

Decreto número 1757 de 2017, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017y se efectúa la correspondiente liquidación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50399

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1815 de 2016, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, el cual se liquidó mediante el Decreto número 2170 de 2016;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Gobierno de la República de Colombia, a través de la Agencia Presidencial de Cooperación recibió de la Fundación Howard G. Buffett, la suma de 16.120.000 dólares equivalente a $47.523.210.800 pesos moneda corriente, recursos otorgados según convenio

firmado entre las partes, que cuenta con la Aceptación de la donación de Cooperación Internacional, mediante el cual se acepta por parte del donante la incorporación de recursos en el presupuesto de la Agencia Presidencial de Cooperación, con el objetivo de fortalecer el desminado humanitario en el país, a través de la adquisición de bienes y servicios para, en el marco del cumplimiento de Tratado de Ottawa, Ley 759 de 2002;

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;

Que la Dirección Administrativa y...

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