Decreto número 1817 de 2019, por el cual se acepta una renuncia y se hace un encargo - 7 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 817061597

Decreto número 1817 de 2019, por el cual se acepta una renuncia y se hace un encargo

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51099

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 2.2.5.4.7 y 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Mayor General William Ernesto Ruiz Garzón, identificado con la cédula de ciudadanía número 79308354, presentó renuncia al empleo de Director General de Establecimiento Público, Código 0015, Grado 25 del Instituto Nacional Penitenciario y

Carcelario (INPEC).

Que en virtud de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Renuncia.

Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por el Mayor General William Ernesto Ruiz Garzón, identificado con la cédula de ciudadanía número 79308354, al "Empleo de Director General de Establecimiento Público, Código 0015, Grado 25 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).

Artículo 2º Encargo.

Encargar de las funciones del empleo de Director General de Establecimiento Público, Código 0015, Grado 25 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), al Teniente Coronel Manuel Armando Quintero Medina, identificado con la cédula de ciudadanía número 79887842, actual Director de Custodia y Vigilancia

del Instituto Penitenciario y Carcelario (INPEC), mientras se nombra y posesiona el titular, sin que implique separación de las funciones del cargo que viene ejerciendo.

Artículo 3º Comunicación.

Comunicar a través del Grupo de Gestión Humana del Ministerio de Justicia y del Derecho el contenido del presente decreto al Mayor General William Ernesto Ruiz Garzón y al Teniente Coronel Manuel Armando Quintero Medina.

Artículo 4º Vigencia.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

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