Decreto número 1833 de 2018, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación - 28 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741266473

Decreto número 1833 de 2018, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50730

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1873 de 2017, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, el cual se liquidó mediante el Decreto número 2236 de 2017.

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unión Europea (UE) firmaron el Convenio de Financiación número DCI-ALA/2012/024-518, "Apoyo Presupuestario a la Estrategia de Desarrollo Rural Integral con Enfoque Territorial (DRET)", por valor de 39.200.000 Euros, cuyo beneficiario es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen, y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante Oficios número 20184340001226 y 20184340001236 del 25 de...

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