Decreto número 186 de 2021, por el cual se suprime un cargo en el Servicio Exterior y un Consulado Honorario - 23 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 861722624

Decreto número 186 de 2021, por el cual se suprime un cargo en el Servicio Exterior y un Consulado Honorario

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51597

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.

Que mediante el Decreto 1168 del 31 de mayo de 2002 se creó el Consulado Honorario de Colombia en Salvador-Bahía, con circunscripción en el Estado de Bahía, se creó el Cargo de Cónsul Honorario en esa ciudad, y se nombró al señor Joao Alfredo Sampaio de Figueiredo, como Cónsul Honorario en esa Oficina Consular Honoraria en la República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto 0813 del 24 de abril de 2013, se aceptó la renuncia del señor Joao Alfredo Sampaio de Figueiredo como Cónsul Honorario de Colombia en Salvador-Bahía, República Federativa de Brasil.

Que el Consulado Honorario de Colombia en Salvador-Bahía, República Federativa de Brasil se encuentra vacante desde el 24 de abril de 2013.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano debe estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria. Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo del Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que trata este capítulo.

Que la Embajada de Colombia ante la República Federativa de Brasil, indicó que por lo pronto no cuenta con un candidato con los requisitos para ocupar esa Oficina Consular Honoraria.

Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente el cierre del Consulado Honorario, debido al tiempo de vacancia, y en consideración a que no hay un candidato para ocupar dicho cargo.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Suprimir

el cargo de Cónsul Honorario en Salvador-Bahía, República Federativa de Brasil.

Artículo 2º Suprimir

el Consulado Honorario de Colombia en Salvador-Bahía, República Federativa de Brasil.

Artículo 3º Comunicación.

Corresponderá al...

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