Decreto número 2002 de 2017, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de San Luis, departamento de Antioquia - 30 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 698380929

Decreto número 2002 de 2017, por el cual se designa alcalde ad hoc para el municipio de San Luis, departamento de Antioquia

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín50433

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio número 100.06.06.05 de 13 de junio de 2017, el doctor José Máximo Castaño Castaño, alcalde del municipio de San Luis, Antioquia, se declaró impedido para decidir sobre la solicitud realizada por los señores Feliciano Duque Giraldo, Diego León Duque Buriticá y la señora María Deisy Duque Buriticá, para recibir la propiedad de un inmueble (lote con casa y habitación ubicado en la carrera 19 nº. 17-68 /72/76/80, en el sector 1 manzana 005, lote 0016 con un área de 266 metros cuadrados) en la modalidad de cesión a título gratuito, invocando las causales de impedimento previstas en los numerales 1, 2, 3 y 5 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002;

Que mediante auto de 30 de junio de 2017, radicación número IUS-E-2017-657113, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento presentado por el doctor José Máximo Castaño Castaño, al encontrar configurada la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc;

Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3º.;

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar un nuevo alcalde ad hoc para el municipio de San Luis, departamento de Antioquia;

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4. de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de...

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