Decreto número 2091 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Panqueba-Boyacá - 21 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 827628289

Decreto número 2091 de 2019, por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Panqueba-Boyacá

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51144

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y por el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Marco Rodrigo Pérez Pérez, Alcalde Municipal de Panqueba, Boyacá, a través de escrito radicado el 19 de junio de 2019 en la Procuraduría Regional de ese departamento, manifestó su impedimento para actuar dentro de la acción de tutela radicada bajo el número 11100102030002190181900 (sic) que se adelanta en la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, por el hecho de ser hermano del señor Pedro Manuel Pérez Pérez, quien actúa como demandante dentro de la citada acción constitucional, motivo por el cual considera que se configura una de las causales de impedimento de las previstas en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011;

Que mediante Auto número 1318 del 25 de junio de 2019, proferido dentro del Expediente IUS E-2019-360257/ IUC D-2019-1330563, la Procuraduría Regional de Boyacá aceptó el impedimento manifestado por el señor Marco Rodrigo Pérez Pérez, en su condición de alcalde del municipio de Panqueba, Boyacá, como representante del mencionado ente territorial, en todo lo relacionado con el desarrollo de la Acción de Tutela número 111001020300020190181900 que adelanta el señor Pedro Manuel Pérez Pérez en contra de algunas autoridades judiciales, siendo vinculado el municipio de Panqueba, la cual cursa ante la Sala de Casación Civil Familia y Agraria de la Corte Suprema de Justicia;

Que, para llegar a la anterior conclusión, el citado órgano de control consideró lo siguiente:

"Por demás, los documentos allegados como prueba, nos permiten establecer la existencia del grado de consanguinidad alegado por el Alcalde Municipal, por lo cual se asume que, en efecto, la información suministrada a través del escrito que dio origen a este pronunciamiento es verídica en cuanto a la existencia del parentesco entre el representante legal del Municipio de Panqueba y el demandante dentro de la acción de tutela que adelanta la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Circunstancias suficientes como para considerar que tiene un interés actual y cierto frente a la actuación que deba asumir en el...

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