Decreto número 2107 de 2019, por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio y se dictan otras disposiciones - 22 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 827879645

Decreto número 2107 de 2019, por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio y se dictan otras disposiciones

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2020
EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín51145

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 281 de la Ley 1955 de 2019 - "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", creó la Hoja de Ruta para la implementación de la política de estabilización como una herramienta que articule los instrumentos derivados del Acuerdo Final;

Que el parágrafo 4º del artículo 281 de la Ley 1955 de 2019 señala "Para el cumplimiento e Implementación de la política de estabilización, en especial lo contemplado en el presente artículo, con la expedición de la presente ley, la Agencia de Renovación del Territorio cambiará su adscripción del Sector Agricultura y Desarrollo Rural al sector Presidencia de la República. En desarrollo de lo anterior, el desarrollo y ejecución del Programa Nacional de Sustitución de Cultivos Ilícitos, se efectuará por parte de la Agencia de Renovación del Territorio. Con base en las facultades permanentes que se asisten al Gobierno nacional, dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la presente ley, se procederán a efectuar los arreglos institucionales a que haya lugar";

Que, para efectos del desarrollo y ejecución del Programa Nacional de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, se hace necesario la creación de la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito en la Agencia, la cual funcionará con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998;

Que con el fin de lograr una coordinación de las diferentes autoridades del Estado que tienen competencia en materia de erradicación manual de cultivos ilícitos, se hace necesario asignar una función a la Agencia, para que adelante dicha coordinación;

Que el Consejo Directivo de la Agencia de Renovación del Territorio, en sesión del 2 de agosto de 2019, como consta en el Acta número 05, decidió someter para aprobación del Gobierno nacional la modificación de la estructura y la planta de personal de la Agencia;

Que la Agencia de Renovación del Territorio para efectos de modificar la estructura, presentó el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015; obteniendo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió viabilidad presupuestal para efectos de la modificación de la planta de personal de la Agencia de Renovación del Territorio;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Estructura y funciones

Artículo 1º Modificación del artículo
  1. del Decreto número 2366 del 2015. El artículo 7º del Decreto número 2366 de 2015, quedará así:

"Artículo 7º. Estructura. La estructura de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), será la siguiente:

  1. CONSEJO DIRECTIVO

  2. DIRECCIÓN GENERAL

    2.1. Oficina Jurídica.

    2.2. Oficina de Planeación.

    2.3. Oficina de Comunicaciones.

  3. DIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN DEL TERRITORIO

    3.1. Subdirección de Participación y Planeación.

    3.2. Subdirección de Coordinación y Fortalecimiento Institucional.

  4. DIRECCIÓN DE ESTRUCTURACIÓN DE PROYECTOS

    4.1. Subdirección de Reactivación Económica.

    4.2. Subdirección de Proyectos de Infraestructura Rural.

    4.3. Subdirección de Proyectos Productivos.

    4.4. Subdirección de Proyectos Ambientales y Forestales.

  5. DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

    5.1. Subdirección de Calificación y Financiamiento.

    5.2. Subdirección de Contratación.

    5.3. Subdirección de Seguimiento y Evaluación

  6. DIRECCIÓN DE SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS DE USO ILÍCITO

  7. SECRETARÍA GENERAL

  8. ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN

    8.1. Comisión de Personal

    8.2. Comité Coordinación del Sistema Control Interno".

Artículo 2º Modificación del artículo
  1. del Decreto número 2366 de 2015. El artículo 8º del Decreto número 2366 de 2015, quedará así:

"Artículo 8º. Consejo Directivo. El Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio (ART), estará integrado por los siguientes miembros:

  1. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  2. El Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación.

  3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

  4. El Ministro de Defensa Nacional

  5. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible

  6. El Director del Departamento Nacional de Planeación (DNP)

  7. El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS)

  8. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP)

  9. El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR)

  10. El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT)

Parágrafo 1º. El Consejo Directivo será presidido por el Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación.

Parágrafo 2º. El Director General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) asistirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto.

Parágrafo 3º. Los ministros y directores de Departamentos Administrativos, podrán delegar su participación en viceministros o subdirectores, respectivamente.

A las sesiones del Consejo Directivo podrán asistir otros servidores públicos, dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar".

Artículo 3º Modificación del artículo
  1. del Decreto número 2366 de 2015. El artículo 9º del Decreto número 2366 de 2015, quedará así:

"Artículo 9º. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio (ART) las siguientes:

  1. Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y su conformidad con las políticas del Gobierno nacional.

  2. Aprobar el plan estratégico de largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes operativos.

  3. Aprobar el plan general de renovación de las zonas rurales de conflicto, que incorpora los planes locales de intervención territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas.

  4. Aprobar los criterios y parámetros para la selección y calificación y para la asignación de recursos que se destinen a los proyectos de intervención territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

  5. Impartir los lineamientos, criterios, parámetros y requisitos para la aprobación de los planes de intervención territorial.

  6. Definir criterios y parámetros para la participación de organizaciones sociales, comunitarias, y...

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