Decreto número 2143 de 2017, por el cual se adiciona el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar el Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la adquisición de neveras nuevas para sustitución. - 19 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699521393

Decreto número 2143 de 2017, por el cual se adiciona el Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar el Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la adquisición de neveras nuevas para sustitución.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50452

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del numeral 3 del artículo 468-1 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 185 de la Ley 1819 de 2016, modificó el artículo 468-1 del Estatuto Tributario, para establecer una tarifa diferencial del cinco (5%) por ciento en materia de Impuesto sobre las Ventas (IVA) sobre los bienes allí señalados.

Que acorde con lo anterior, el numeral 3 del artículo 468-1 del Estatuto Tributario, establece una tarifa diferencial del cinco por ciento (5%) en la adquisición de neveras nuevas para sustitución, que cumplan los requisitos del Reglamento Técnico de Etiquetado (RETIQ), clasificadas en los rangos de energía A, B o C, de acuerdo con la Resolución 41012 de 2015, del Ministerio de Minas y Energía, o la que la modifique o sustituya.

Que el mismo numeral indica que para la procedencia de la tarifa diferencial del Impuesto sobre las Ventas (IVA), se deben cumplir las siguientes condiciones: i) que el precio sea igual o inferior a treinta (30) Unidades de Valor Tributario (UVT); ii) que se entregue una nevera usada al momento de la compra; y iii) que el comprador pertenezca a un hogar de estrato 1, 2 o 3.

Que se requiere establecer el mecanismo que garantice la efectividad de la medida y el procedimiento para la aplicación de la tarifa diferencial del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en la adquisición de neveras nuevas objeto de sustitución de que trata el numeral 3 del artículo 468-1 del Estatuto Tributario.

Que la tarifa diferencial del cinco por ciento (5%) del Impuesto sobre las Ventas (IVA) para la adquisición de neveras nuevas que cumplan los requisitos establecidos en el numeral 3 del artículo 468-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 185 de la Ley 1819 de 2016, promoverá la sustitución de neveras ineficientes con la consecuente reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), sustitución esta que a la vez contribuirá al cumplimiento del compromiso de Colombia para la reducción del veinte por ciento (20%) de sus emisiones de GEI a la atmósfera proyectadas para el año 2030, según lo previsto en la Convención Marco sobre Cambio Climático de Naciones Unidas en su vigésimo primer periodo de sesiones (COP 21).

Que se encuentra cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, en relación con el texto del presente decreto.

Por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Adición del Capítulo 8 del Título 1 Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el Capítulo 8 del Título 1 Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, con la siguiente sección:

"Sección 1

Procedimiento para la aplicación de la tarifa diferencial del cinco por ciento (5%) en la adquisición de neveras nuevas para sustitución"

"Artículo 1.3.1.8.1.1. Objeto. La presente sección tiene por objeto establecer el procedimiento para la aplicación de la tarifa diferencial de Impuesto sobre las Ventas (IVA) del cinco por ciento (5%), en la adquisición de neveras nuevas para sustitución por el adquirente."

"Artículo 1.3.1.8.1.2. Alcance. Las disposiciones de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR