Decreto número 2145 de 2015, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - 4 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586652106

Decreto número 2145 de 2015, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín49686

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

Estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Artículo 1º El artículo 4º del Decreto número 1649 de 2014, quedará así:

"Artículo 4º. Integración del Sector Administrativo. De conformidad con las normas vigentes el Sector Administrativo de la Presidencia de la República está integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y las siguientes entidades adscritas:

1. Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.

2. Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

3. Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia - APC Colombia.

4. Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas.

Artículo 2º El artículo 5º del Decreto número 1649 de 2014, quedará así:

"Artículo 5º. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República será la siguiente:

  1. Despacho del Presidente de la República

  2. Despacho del Vicepresidente de la República

  3. Despacho del Director del Departamento

    3.1 Dirección de Gestión General

    3.1.1 Oficina de Planeación

    3.1.2 Oficina de Control Interno

    3.2 Dirección de Gobierno y Áreas Estratégicas

    3.3 Secretaría Privada

    3.3.1 Secretaría para la Seguridad Presidencial

    3.3.2 Casa Militar

    3.3.3 Dirección de Eventos

    3.3.4 Dirección de Discursos

    3.4 Secretaría Jurídica

    3.5 Secretaría de Transparencia

    3.6 Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer

    3.7 Dirección para Asuntos Políticos

    3.8 Dirección para las Regiones

    3.9 Subdirección de Operaciones

    3.9.1 Oficina de Control Interno Disciplinario

    3.9.2 Área Administrativa

    3.9.3 Área Financiera

    3.9.4 Área de Contratos

    3.9.5 Área de Talento Humano

    3.9.6 Área de Tecnologías y Sistemas de Información

  4. Despacho Ministro Consejero para el Sector Privado, Competitividad y Equidad

    4.1 Consejería Presidencial para la Primera Infancia

    4.2 Consejería Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovación

    4.3 Dirección para el Sector Privado

    4.4 Dirección del Sistema Nacional de Juventud "Colombia Joven".

  5. Despacho Ministro Consejero para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad

    5.1 Consejería Presidencial para los Derechos Humanos

    5.2 Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonales

    5.3 Dirección de Seguridad

    5.4 Dirección para el Posconflicto

  6. Despacho Ministro Consejero de Comunicaciones

    6.1 Dirección para la Estrategia de Comunicación

    6.2 Dirección para la Relación con los Medios

  7. Oficina del Alto Comisionado para la Paz 7.1 Dirección Temática

  8. Órganos de Asesoría y Coordinación

    8.1 Comité Ejecutivo de la Presidencia

    8.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

    8.3 Comisión de Personal

    Para el apoyo de las funciones asignadas al Vicepresidente de la República se contará con las siguientes direcciones:

  9. Dirección para Proyectos Especiales.

  10. Dirección para la Coordinación de Infraestructura

  11. Dirección para la Coordinación de Vivienda.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 15

Funciones de las dependencias

Artículo 3º Modifícase el numeral 24 y adiciónanse los numerales 25 y 26 al artículo 8º del Decreto número 1649 de 2014, en las funciones del Despacho del Director del Departamento, así:
  1. Asesorar al Presidente de la República en la relación con las regiones y en especial en la implementación de programas, planes y proyectos en estas.

  2. Orientar y coordinar la ruta de acceso de Colombia a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

  3. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la Dependencia.

Artículo 4º Dirección de Gestión General.

Son funciones de la Dirección de Gestión General:

  1. Orientar, coordinar y monitorear el cumplimiento del Plan Estratégico y del Plan de Acción institucional de las dependencias misionales del Departamento.

  2. Asesorar al Director del Departamento en la formulación de la política o planes de acción del Sector y asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control que le corresponden.

  3. Dirigir la elaboración de los informes y estudios especiales que sobre el desarrollo de los planes y programas del sector deban presentarse.

  4. Velar por la aplicación del Plan de Desarrollo Administrativo y otros planes específicos del sector administrativo.

  5. Coordinar con las demás dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y con aquellas entidades que se requiera, los aspectos logísticos inherentes a la ejecución del gobierno y las áreas estratégicas.

  6. Preparar para el Director del Departamento, en colaboración con las demás dependencias pertinentes, los informes y estudios que aquel solicite y coordinar la elaboración de los informes periódicos que debe presentar el Departamento Administrativo a las diferentes entidades del Estado.

  7. Asistir al Director del Departamento en sus relaciones con otras autoridades cuando este lo requiera.

  8. Representar al Director del Departamento en las actividades oficiales que este le señale.

  9. Asistir al Director del Departamento en el ejercicio de sus funciones de dirección, coordinación y control del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

  10. Asistir a las juntas, consejos u otros cuerpos colegiados a las que haya sido delegado.

  11. Establecer los lineamientos a seguir por parte de las dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en materia de cooperación internacional.

  12. Liderar, coordinar y acompañar las iniciativas de cooperación internacional presentadas por las dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en el marco de sus competencias.

  13. Actuar como Secretario Técnico del Comité Ejecutivo de la Presidencia.

  14. Ejercer las demás funciones que le sean delegadas o asignadas por el Director del Departamento y que correspondan a la naturaleza de la Dependencia.

Artículo 5º Oficina de Planeación.

Son funciones de la Oficina de Planeación:

  1. Orientar y coordinar el desarrollo de los procesos de planeación, de acuerdo con los lineamientos del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y el Director de Gestión General.

  2. Asesorar al Director del Departamento y al Director de Gestión General en la definición, coordinación, adopción y seguimiento de las políticas sectoriales.

  3. Elaborar y hacer seguimiento al Plan Estratégico Institucional y Sectorial en coordinación con las dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y las entidades adscritas al sector.

  4. Coordinar con las dependencias de la entidad, la formulación y seguimiento del Plan Operativo Anual del Departamento Administrativo de la...

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