Decreto número 2169 de 2017, por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.2.1.17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional - 22 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699989673

Decreto número 2169 de 2017, por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria para sustituir los artículos 1.2.1.17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50455

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos.

Que se requiere sustituir los artículos 1.2.1.17.20. y 1.2.1.17.21. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, en lo relacionado con el ajuste del costo de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional.

Que las disposiciones que reglamentaron los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario, mediante Decreto 2202 de 2016 y que adicionaron los artículos 1.2.1.17.20. y 1.2.1.17.21. al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y que se retiran para incorporar los artículos relacionados con los ajustes por el año gravable 2017, conservan su vigencia, para el cumplimiento de obligaciones tributarias sustanciales y formales de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, y para el control que compete a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 del Estatuto Tributario, los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles que tengan el carácter de activos fijos por el porcentaje señalado en el artículo 868 del mismo Estatuto.

Que el artículo 868 del Estatuto Tributario creó la Unidad de...

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