Decreto número 2193 de 2019, por el cual se acepta una renunciay se designa acalde adhoc del municipio de Sabanalarga - Antioquia - 2 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 828872113

Decreto número 2193 de 2019, por el cual se acepta una renunciay se designa acalde adhoc del municipio de Sabanalarga - Antioquia

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51155

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y por el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante audiencia del 10 de noviembre de 2017, la Procuradora Judicial 111 Administrativa, doctora Leidy Johana Arango Bolívar, formuló recusación contra el señor César Alonso Cuadros George, en calidad de alcalde del municipio Sabanalarga

(Antioquia), para actuar en representación de la corporación pública municipal ante el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín (Antioquia), donde cursa una acción de repetición promovida por el municipio de Sabanalarga (Antioquia), en contra del señor César Alonso Cuadros George, radicada bajo el número 05001-33-33015-2015-00812-00, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002.

Que mediante providencia adiada 12 de diciembre de 2017, con radicado número IUS- 2017-913721, el Procurador Regional de Antioquia, aceptó la recusación formulada por la doctora Leidy Johana Arango Bolívar, Procuradora Judicial 111 Administrativa de Medellín, y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad-hoc, al considerar que "(...) esta Procuraduría Regional acepta la citada recusación en atención a las razones manifestadas por la Procuradora Judicial 111 Administrativa en contra del señor César Alonso Cuadros George quien obra como demandado y a la vez como representante de la entidad demandante dentro del proceso radicado número 05001-3333-015-2015-00812-00, como quiera que se garantizara (sic) el principio de imparcialidad dentro de la referida actuación. Lo anterior en virtud de lo establecido en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011".

Que mediante Decreto 1720 con fecha 7 de septiembre de 2018, se designó como alcalde ad-hoc del municipio de Sabanalarga (Antioquia), al doctor Aicardo Antonio Urrego Úsuga, para actuar en representación de la corporación pública municipal ante el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín (Antioquia), donde cursa una acción de repetición...

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