Decreto número 2410 de 2018, por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Transporte y se dictan otras disposiciones - 24 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 752561533

Decreto número 2410 de 2018, por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Transporte y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50817

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 14 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Puertos y Transporte presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Supresión de empleos.

Suprimir de la planta de personal de la Superintendencia de Transporte establecida en el Decreto 1347 de 2000, modificado por los Decretos 1488 de 2003 y 1944 de 2004, los siguientes empleos:

Artículo 2º Creación de empleos.

Crear en la planta de personal de la Superintendencia de Transporte establecida en el Decreto 1347 de 2000, modificado por los Decretos 1488 de 2003 y 1944 de 2004, los siguientes empleos:

Artículo 3º Distribución de empleos.

El Superintendente de Transporte mediante Resolución distribuirá los cargos y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Quienes ocupen los empleos suprimidos, serán incorporados en los cargos equivalentes, creados en el presente decreto.

Artículo 4º El presente decreto rige a partir del 1º de enero de 2019. y modifica lo pertinente del Decreto 1347 de 2000, modificado por los Decretos 1488 de 2003 y 1944 de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2018.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera

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