Decreto número 2725 de 2014, por el cual se crean unos empleos temporales en laplanta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones - 29 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551357422

Decreto número 2725 de 2014, por el cual se crean unos empleos temporales en laplanta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49379

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 1º al 4º del Decreto 1227 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Consejo Directivo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en su sesión del 1º de noviembre de 2012, tal como consta en Acta número 6, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de creación de empleos temporales en la planta de personal de la Entidad.

Que la Superintendencia de Notariado y Registro presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 al 97 del Decreto 1227 de 2005, para la creación de la planta de empleos temporales necesaria para el cumplimiento de las funciones misionales asignadas, que deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones correspondientes a la puesta en marcha de la Ventanilla Única de Registro (VUR) y el sostenimiento de la Interrelación Registro-Catastro.

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió la viabilidad presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1º Créanse en la planta de personal de empleados públicos de la Superintendencia de Notariado y Registro, los siguientes empleos temporales, por el término de dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto:

NIVEL PROFESIONAL
Número de cargos Denominación del empleo Código Grado
4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 19
7 (Siete) Profesional Especializado 2028 16
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 10
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 05
NIVEL TÉCNICO
4 (Cuatro) Técnico Operativo 3132 18
Artículo 2º Direccionamiento de los Empleos Temporales.

Los empleos temporales creados en el presente decreto deberán...

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