Decreto número 292 de 2018, por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto 1915 de 2017 que establece la transitoriedad del banco de proyectos de inversión en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac). - 15 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 703392233

Decreto número 292 de 2018, por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto 1915 de 2017 que establece la transitoriedad del banco de proyectos de inversión en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50508

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, prevé que las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que en el año o período gravable obtengan ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT, podrán efectuar el pago hasta del cincuenta por ciento (50%) del impuesto a cargo, determinado en la correspondiente declaración de renta, mediante la destinación de dicho valor a la inversión directa en la . ejecución de proyectos viabilizados y prioritarios de trascendencia social en los diferentes municipios ubicados en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).

Que por medio del Decreto 1915 de 2017 se adicionó el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar et artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y se estableció en el artículo 2º que para efectos de la solicitud de vinculación al impuesto a la renta y complementarios mediante el mecanismo de pago de Obras por Impuestos, durante la vigencia 2018, serán elegibles los proyectos registrados al quince (15) de febrero de 2018 en el banco de proyectos de inversión en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).

Que para que un proyecto sea registrado en el Banco de Proyectos de inversión en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac), debe cumplir con todas las disposiciones y requisitos del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Este procedimiento, según el mismo decreto,tiene una duración de más de veintiocho (28) días hábiles.

Que al treinta (30) de enero de 2018, se han presentado ante la Agencia de Renovación del Territorio (ART), trescientos treinta y cuatro (334) proyectos a través de la Metodología General Ajustada (MGA) Web del Departamento Nacional de Planeación (DNP), los cuales se encuentran agotando el trámite en los términos de la reglamentación respectiva.

Que en el proceso de verificación de requisitos se han devuelto doscientos treinta y nueve (239) proyectos...

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