Decreto número 329 de 2018, por el cual se fija la escala de asignación básica para los empleos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones. - 19 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 703812857

Decreto número 329 de 2018, por el cual se fija la escala de asignación básica para los empleos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín50512

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los términos establecidos en el Decreto 1072 de 2015, se adelantó la negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de empleados públicos.

Que el Gobierno nacional y las centrales y las federaciones sindicales acordaron que para el año 2018 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual de IPC total en 2017 certificado por el DANE, más un punto porcentual, el cual debe regir a partir del 1º de enero del presente año.

Que el incremento porcentual de IPC total de 2017 certificado por el DANE fue de 4.09% y, en consecuencia, los salarios y prestaciones establecidos en el presente decreto se ajustarán en un 5.09% para 2018.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1º Asignaciones básicas.

A partir del 1º de enero de 2018, fíjase la siguiente escala de asignación básica para los empleos de la Fiscalía General de la Nación:

Artículo 2º Remuneración adicional.

Los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que trabajen ordinariamente en los departamentos creados en el artículo 309 de la Constitución Política continuarán devengando una remuneración adicional

correspondiente al ocho por ciento (8%) de la asignación básica mensual que les corresponda. Dicha remuneración se percibirá por cada mes completo de servicio.

Artículo 3º Auxilio especial de transporte.

Los citadores y mensajeros de la Fiscalía General de la Nación tendrán derecho a un auxilio especial de transporte de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 717 de 1978, así:

  1. Para ciudades de más de un millón de habitantes: Ochenta y un mil ciento cincuenta y un pesos ($81.151) moneda corriente, mensuales.

  2. Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes: Cincuenta y un mil ciento cincuenta y cuatro pesos ($51.154) moneda corriente, mensuales.

  3. Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes: Treinta y dos mil...

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