Decreto número de 375 de 2018, por medio del cual se adiciona un Título 2 al Libro 7 de la Parte 10 del Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la Cuenta de Ahorro Educativo Voluntario del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - Mariano Ospina Pérez (Icetex) - 26 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 704517601

Decreto número de 375 de 2018, por medio del cual se adiciona un Título 2 al Libro 7 de la Parte 10 del Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la Cuenta de Ahorro Educativo Voluntario del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - Mariano Ospina Pérez (Icetex)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50519

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, el literal a) del numeral 1 del artículo 48 y los numerales 1 y 7 del artículo 277 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 18 de 1988 y el artículo 4º de la Ley 1002 de 2005,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - Mariano Ospina Pérez (Icetex) es una entidad financiera de naturaleza especial, que tiene por objeto el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico, en todos los estratos, a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, con recursos propios o de terceros.

Que el literal a) del numeral 1 del artículo 277 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, señala que el Icetex en desarrollo de su objeto social, podrá captar fondos provenientes del ahorro privado y reconocer intereses sobre los mismos.

Que el producto establecido en el presente decreto, permite que el Icetex ofrezca un contrato de Cuenta de Ahorro Educativo Voluntario, el cual tiene como objetivo contribuir a mejorar el acceso a la educación superior de los colombianos ya que busca que una persona realice un ahorro que le permita financiar los primeros semestres de la educación superior suya o de un beneficiario, mejorando así su perfil de riesgo crediticio y facilitando de esa manera su acceso a crédito para los semestres restantes.

Que se hace necesario establecer lineamientos para la gestión de los recursos de la Cuenta de Ahorro Educativo Voluntario para lo cual se establece un régimen de inversión.

Que de acuerdo con lo previsto en el literal a) del numeral 1 del artículo 48 y el numeral 7 del artículo 277 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), la Junta Directiva del Banco de la República mediante comunicación JD-S-25408 del 28 de noviembre de 2017 señaló que "la Junta Directiva acogió la recomendación y emitió concepto favorable al proyecto de decreto por medio del cual se adiciona al Decreto 2555 de 2010 el Título 2 del Libro 7 de la Parte 10 del Decreto 2555 de 2010 en relación con la operatividad de la Cuenta de Ahorro Educativo Voluntario administrado por el...

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