Decreto número 495 de 2019, por el cual se modifica la denominación y estructura del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), y se dictan otras disposiciones - 20 de Marzo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 773849401

Decreto número 495 de 2019, por el cual se modifica la denominación y estructura del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), y se dictan otras disposiciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín50901

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la estrategia de fortalecimiento territorial y la descentralización administrativa contenidos en las bases del PND 2018-2022 y con base en el Conpes 3851 de 2015 "Política General de Propiedad de Empresas Estatales del Orden Nacional", el cual se refiere a ajustes en el gobierno corporativo de las empresas estatales para su funcionamiento robusto, el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), adelanta un proceso de transformación organizacional que incorpora el fortalecimiento de su gobierno corporativo y el desarrollo del negocio de estructuración de proyectos, para convertirse en el principal estructurador de los procesos que requieran los entes territoriales sobre proyectos elegibles a ser financiados con recursos provenientes del Sistema General de Regalías.

Que para cumplir con lo anterior, dado el carácter técnico de la Empresa, se requiere la modificación de la composición de la Junta Directiva, la cual será integrada por personas idóneas e imparciales para la toma de decisiones de su competencia.

Que adicionalmente, se requiere ajustar las funciones de la Junta Directiva, a efectos de armonizarlas con los estándares de la OCDE de gobierno corporativo para empresas de naturaleza pública y a los lineamientos señalados en el Conpes ++3851 de 2015.

Que la Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), en sesión del 14 de diciembre de 2018, como consta en el Acta número 637, decidió someter a aprobación del Gobierno nacional las modificaciones correspondientes al aumento de las funciones de la Junta Directiva, así como de su composición, el cambio de denominación de la Entidad y la modificación de la estructura de la misma, incluyendo el cambio de denominación de la Subgerencia de Contratación por Subgerencia de Operaciones y, la Subgerencia y Técnica por Subgerencia de Desarrollo de Proyectos.

Que en la misma línea de fortalecimiento institucional y debido al alto contenido legal de las decisiones que adopta la Empresa, es necesario fortalecer la jerarquía y capacidad operativa de la misma, creando la Oficina Asesora Jurídica, para ejercer la coordinación, asesoría y representación jurídica pertinente con el fin de atender adecuadamente los requerimientos legales de la Entidad,

DECRETA:

Artículo 1º Denominación, Naturaleza y Domicilio.

El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilada por la Superintendencia Financiera, se denominará, en adelante, Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio y tendrá su domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C.".

A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, todas las referencias y/o disposiciones legales o reglamentarias vigentes relacionadas con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), se entenderán hechas a la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio).

Artículo 2º Integración Junta Directiva

La Junta Directiva de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio) estará integrada por los siguientes miembros:

  1. El Director del Departamento Nacional de Planeación quien la presidirá, o uno de sus Subdirectores Generales en calidad de delegado.

  2. Tres (3) representantes del Presidente de la República.

  3. Tres (3) miembros independientes, designados por el Director General del Departamento Nacional de Planeación, por un período de dos (2) años, prorrogable...

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