Decreto número 584 de 2017, por el cual se reglamentan los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti)
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Administrativo De Ciencia Tecnologia e Innovacion |
Número de Boletín | 50196 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º de la Ley 1286 de 2009 establece: "Transfórmese el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas" (Colciencias) en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), como rector del sector, encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo";
Que el artículo 6º de la Ley 1286 de 2009 establece los objetivos generales del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), entre otros, "(...) Fortalecer el desarrollo regional a través de los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación y políticas integrales, novedosas y de alto impacto positivo para la descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación, integrado a las dinámicas internacionales";
Que el artículo 19 de la Ley 1286 de 2009 establece que el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) estará coordinado por Colciencias, quien a su vez contará con los Consejos de los Programas Nacionales de Ciencia y Tecnología, los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación para articular el sistema;
Que mediante el Documento CONPES 3582 del 27 de abril de 2009, el Consejo Nacional de Política Económica y Social, definió la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) con el fin de incrementar la capacidad del país para generar conocimiento científico y tecnológico, con el propósito de mejorar la competitividad y contribuir a la transformación productiva del país;
Que la política nacional en ciencia, tecnología e innovación establece como uno de sus objetivos "desarrollar y fortalecer las capacidades en CTI, a través de estrategias que garanticen la inclusión de las regiones en las acciones planteadas en dicha política, de forma que todas puedan generar capacidades de CTI, de acuerdo con su vocación y potencialidad" ;
Que en el año 2016 se aprobó el Documento CONPES 3866 de Política Nacional de Desarrollo Productivo, que propone objetivos específicos para fomentar la innovación, el emprendimiento y transferencia de conocimiento y tecnología, y adopta el índice Departamental de Innovación de Colombia (IDIC) como referente para orientar la regionalización de los instrumentos de ciencia, tecnología e innovación;
Que el numeral 9 del artículo 1º del Decreto número 849 de...
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